SIN INFORMACION

FONTALVA VIDAL JOSE LEONARDO/COMISION DE REDUCCION DE CONDENA

Rol

Fecha

25 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, Defensor Penal Privada Penitenciario, por el condenado José Leonardo Fontalba Vidal, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena, por haber excluido al amparado del beneficio de reducción de condena dispuesta por la Ley N° 19.856, solicitando se le reconozcan 7 meses por concepto de rebaja de condena por su conducta sobresaliente, y que su término de condena corresponde para el día 04 de octubre de 2023, otorgándole así su inmediata libertad. Señala que el amparado fue condenado el 28 de mayo de 2018, por el Tribunal de Juicio Oral de San Bernardo, a la pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, en causa RUC 1600660284-7, RIT 110- 2018, como autor del delito de violación de menor de 14 años, previsto y sancionado en el artículo 362 del Código Penal, en grado de consumado, dando inicio el día 21 de septiembre de 2017 y teniendo como fecha original de cumplimiento de condena el día 04 de mayo de 2024, con 140 días de abono. Da cuenta que desde el inicio de su condena, el amparado mantuvo una conducta sobresaliente y por aplicación de la Ley N° 19.856 fue reduciendo su condena, alcanzando hasta antes de la modificación de dicha ley, 7 meses de reducción, por lo que el cumplimiento de su condena quedó fijado para el día 04 de octubre de 2023. Añade que pese a lo anterior, dentro de la primera quincena de noviembre del año 2022, la Comisión resolvió no reducir su condena, por la aplicación retroactiva del artículo 17 letra E) de la Ley 19.856, el cual fue modificado por la Ley N° 21.421 el 28 de enero de 2022 (que excluye de los beneficios regulados en la Ley N° 19.856 a quienes hayan cometido delitos de carácter sexual contra personas menores de edad), dejando sin efecto la resolución de concesión de meses de rebaja de los años anteriores (7 meses de rebaja), eliminando todos los meses de rebaja acumulados, en circu

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además lo expuesto en los artículos 19 N° 3 y 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo y artículos 18 del Código Penal y 4° de la Ley N° 19.856, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de José Leonardo Fontalba Vidal en contra de la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-158-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, Defensor Penal Privada Penitenciario, por el condenado José Leonardo Fontalba Vidal, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena, por haber excluido al amparado del beneficio de redu

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