1º JUZGADO DE LETRAS DE CORONEL

MESSER CHILE LIMITADA CON MARCO ANTONIO JIMENEZ ALARCON

Rol

Fecha

25 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA, SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Que en esta causa rol C-646-2020 de ingreso del Primer Juzgado de Letras de Coronel, caratulada MESSER CHILE LIMITADA Y JIMÉNEZ, juicio ordinario de cobro de pesos, por resolución de 15 de septiembre de 2022 se acogió la excepción dilatoria de incompetencia relativa planteada por la parte demandada, alzándose en contra de dicha resolución la parte demandante, sosteniendo que el contrato de suministro celebrado entre el demandado Jiménez y la sociedad PRAXAIR CHILE Ltda. le es inoponible, no habiendo concurrido a otorgar la prórroga de competencia, y que el demandado antes de alegar la incompetencia relativa hizo presente una reserva de acciones y opuso otra excepción; por lo que pide se revoque la resolución en alzada y se rechace la excepción de incompetencia. Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: Primero: Que, de conformidad a lo prevenido en los artículos 1901 a 1908 del Código Civil, la cesión de créditos es la tradición de los derechos personales, que requiere un título traslaticio entre cedente y cesionario; y perfeccionado que sea el negocio entre cedente y cesionario, debe ponerse en conocimiento del deudor cedido dicha cesión para los efectos del pago. De consiguiente, en el acto o contrato celebrado entre cedente y cesionario no interviene el deudor cedido. Segundo: Que, en el caso en estudio, de los documentos acompañados por la demandante se desprende que: por la división social del año 2018 PRAXAIR CHILE Ltda. creó la sociedad PRAXAIR CHILE GASES Ltda.; que en el mismo año 2018 expresamente PRAXAIR CHILE Ltda. asignó todos los contratos de suministro vigente y cilindros tipo dewar a PRAXAIR CHILE GASES Ltda.; cuya modificación societaria del año 2019 dio origen a MESSER CHILE Ltda.; y, que en el año 2020 se produjo la cesión de créditos nominativos que por la presente acción se cobran entre PRAXAIR CHILE y MESSER CHILE Ltda. Tercero: Que, de tales antecedentes, sólo es posible concluir que el contrato de suministro

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la sentencia de quince de septiembre de dos mil veintidós dictada por el Primer Juzgado de Letras de Coronel en el cuaderno de excepciones dilatorias de la causa rol C-646-2020 de su ingreso, por medio de la cual se acoge la excepción de incompetencia relativa planteada por la parte demandada. Regístrese y devuélvase. Redacción de la ministra suplente Margarita Sanhueza Núñez. Rol 287-2023 Civil.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción. Concepción, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: Que en esta causa rol C-646-2020 de ingreso del Primer Juzgado de Letras de Coronel, caratulada MESSER CHILE LIMITADA Y JIMÉNEZ, juicio ordinario de cobro de pesos, por resolución de 15 de septiembre de 2022 se acogió la excepción dilatoria de incompetencia relativa planteada por la parte demandada, alzándose en c

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