SIN INFORMACION

KOHNENKAMP/TRIBUNAL LETRAS DE LA LIGUA

Rol

Fecha

25 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1) Que a folio 1, comparece Sebastián Briones Maldonado, abogado, por la parte demandante, en autos ordinarios sobre nulidad de contrato, que se tramitan ante el Juzgado de Letras de La Ligua, bajo el Rol C-2053-2019, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 22 de noviembre de 2023, que no concedió, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia definitiva de 13 de octubre de 2023. Señala que el abogado recurrente presentó, con fecha 16 de octubre de 2023, escrito en el que solicitó se le tuviera por expresamente notificado de la sentencia, a lo cual el tribunal accedió por resolución de 17 de octubre pasado, pero alega que en el expediente electrónico, en la pestaña denominada “notificaciones”, se indica que la referida resolución fue notificada a una serie de intervinientes en el procedimiento, particularmente se señala que se notificó por mail a dos abogados de la parte demandante, a los cuales ya se les revocó poder en la causa. Por ese motivo, afirma que la resolución por medio de la cual se ha notificado la sentencia no se encuentra notificada al abogado recurrente de hecho, por lo que alega que el recurso de apelación fue interpuesto dentro de plazo. 2) Que a folio 4, informa don Claudio Humberto Villavicencio Flores, Juez Presidente del Juzgado de Letras de La Ligua, señalando que en causa Rol C-2053-2019, la sentencia definitiva fue dictada con fecha 13 de octubre de 2023 y, por resolución de fecha 17 de octubre de 2023, se tuvo al abogado de la parte demandante por expresamente notificado de la sentencia, con esa fecha y señala que dicha resolución fue notificada por estado diario. Señala que el día 20 de noviembre de 2023, más de treinta días después de notificado de la sentencia definitiva, el abogado don Sebastián Briones Maldonado, presenta escrito de apelación, el que por resolución de 22 de noviembre de 2023, proveyó: “no ha lugar, por extemporáneo”. Acompaña las piezas pertinentes de la causa Rol C-2053-2019. 3) A folio 5, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes y, constando que en autos Rol C-2053-2019, seguidos ante el Juzgado de Letras de La Ligua, por resolución de fecha 17 de octubre de 2023, se tuvo al abogado recurrente por expresamente notificado de la sentencia definitiva, siéndole notificada por el estado diario con igual fecha, interponiéndose el recurso de apelación recién con fecha 20 de noviembre de 2023, es decir, fuera del plazo de 10 días establecido en el inciso segundo de artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, por lo que, en consecuencia, el recurso de hecho debe ser rechazado según se dirá en la parte resolutiva de este fallo.

Fallo

Por estas consideraciones y, teniendo además presente, lo dispuesto en el artículo 196 del mencionado cuerpo legal, se rechaza, sin costas, el recurso de hecho deducido en contra de la resolución dictada con fecha veintidós de noviembre de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Letras de La Ligua, en sus autos Rol C-2053-2019. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Civil-3264-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1) Que a folio 1, comparece Sebastián Briones Maldonado, abogado, por la parte demandante, en autos ordinarios sobre nulidad de contrato, que se tramitan ante el Juzgado de Letras de La Ligua, bajo el Rol C-2053-2019, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 22 de novi

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