BOTELLO RODRIGUEZ FRANKLIN JOSE / POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
25 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Franklin José Botello Rodríguez, nacionalidad venezolana, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto ilegal y arbitrario que conculca su garantía fundamental consagrada en el artículo 19 N°7 letra a) de la Carta Fundamental, consistente en haber sido notificado del decreto que ordena su expulsión del país. Señala que emigró a Chile con su familia debido a la grave crisis económica, política y social en Venezuela. Expone los
Fundamentos
motivos de su migración, destacando la situación precaria en su país de origen, como la inflación económica, la inseguridad alimentaria, la presencia de grupos paramilitares, y la crisis de los servicios públicos. Explica que, al no poder obtener una visa regular para ingresar a Chile, optó por ingresar por un paso no habilitado en marzo de 2022. Comenta que de inmediato procedió a autodenunciarse ante la Policía de Investigaciones, habiéndose generado el procedimiento administrativo por el Servicio Nacional de Migración, luego se me notificó del acta de apertura de procedimiento sancionatorio de expulsión, para lo cual interpuso los descargos respectivos, de conformidad con la ley que rige la materia. Con fecha 14 de enero de 2024 es notificado el Departamento de Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de la resolución exenta de expulsión N° 53.389 emitida por el Servicio Nacional de Migración en fecha 28 de noviembre de 2023. Alega que dicha determinación viola flagrantemente su derecho al libre tránsito y su derecho a emigrar Hace presente que en Chile tiene una vida segura, al lado de su señora, sus dos hijos menores y de su suegra. Junto a su pareja distribuyen los gastos de manutención, puesto que ella se encuentra con situación migratoria regular en este país. Pide se acoja el presente recurso y la resolución de expulsión dictada en su contra sea revocada, para todos los efectos legales. SEGUNDO: Que, informando el recurso, don Juan Toro Espinoza, Subprefecto, Jefe Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana indica que revisados los antecedentes del amparado en los sistemas informáticos institucionales y extrainstitucionales disponibles, se consta que registra una Orden de Expulsión vigente, Resolución Exenta N° 53389, de 28 de noviembre de 2023, emanada del Servicio Nacional de Migraciones, notificada el 14 de enero de 2024 por funcionarios del Departamento de Policía Internacional, dependientes de esa Prefectura. Hace presente que el amparado no registra órdenes de aprehensión, arrestos, ni arraigos vigentes. Observa que, se dio cabal cumplimiento a lo ordenado en el artículo 147, de la Ley N° 21.325, entregándole copia íntegra de la resolución y acta de notificación, e informándole sus derechos y los recursos que le asisten, además de los plazos con los que cuenta para ello. TERCERO: Que, también comparecen don Antonio Beltrán Henríquez y doña Camila Cortés Palma, ambos abogados, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando se rechace el recurso en todas sus partes, con costas, por no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de las garantías constitucionales de libertad personal y/o seguridad individual Al respecto manifiesta que ese servicio no mantiene registro sobre el ingreso al país del amparado, por lo que se presume que habría hecho ingreso clandestino, lo cual se encuentra corroborado mediante Info
Fallo
Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido por don Franklin José Botello Rodríguez Betancourt, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Amparo N° 187-2024.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro. Al folio N° 9: a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Franklin José Botello Rodríguez, nacionalidad venezolana, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones de Chile, por el
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