MP.C/ JOSÉ FRANCISCO OLIVA MONCADA Y CÉSAR DANIEL GONZÁLEZ RINCÓN.
Rol
Fecha
25 de enero de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fueron formalizados los imputados. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, la libertad de los encausados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza y pluralidad de ilícitos, forma de comisión, pena asignada y eventual forma de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución apelada de diecisiete de enero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva de los imputados José Francisco Oliva Moncada y César Daniel González Rincón. Comuníquese vía interconexión. N° 232-2024 Penal.
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Fecha: veinticinco de enero de dos mil veinticuatro Quinta Sala Rol Corte: 232-2024 Penal RUC: 2400068760-6 RIT: 443-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Diego Muñoz Gaete Ministerio Público: Magdalena Barlat Salvat. Defensor: Nicole Maturana Silva. Imputados: José Francisco Oliva Moncada y César Daniel González Rincón. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Delito: R
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