SIN INFORMACION

RECURRENTE:JENIFER CAROLINA CONSTENLA PINTO RECURRIDO:COMPIN

Rol

Fecha

25 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 5 de octubre del año 2023, compareció Jenifer Carolina Constela Pinto, domiciliada en calle Pulmahue N° 01286, Villa Los Pinares III, de la comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Recurre en contra de la decisión de la entidad recurrida de rechazar su licencia médica N°4-16020923, actuación que devendría en la vulneración de sus garantías fundamentales, pues no se ha considerado que la atención a su problema médico -trastorno mixto de ansiedad y depresión- se realiza en el sistema público, por lo que se ha visto afectada por el constante cambio de médicos y tratamientos prescritos, lo que impide que se encuentre en condiciones aptas para volver a su trabajo, pues gran parte de su labor consiste en atender público, en especial adultos mayores. Al declarar admisible el recurso y de conformidad con lo dispuesto en el N°5 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se requirió informe a la Superintendencia de Seguridad Social, el que fue evacuado a folio 4, oportunidad en que compareció el abogado don Francisco Ortega Bello, quien indicó que dicha Superintendencia no ha emitido pronunciamiento sobre rechazo o autorización de licencias médicas de la recurrente. Posteriormente, el 17 de noviembre del año 2023, a folio 8, compareció el Presidente Subrogante de la recurrida Comisión, don Cristian Morales Zamorano, evacuando el informe que le fuera solicitado por esta Corte. Expuso, que la recurrente presento un total de 13 licencias médicas durante el año 2023, de las cuales 11 fueron autorizadas, con un total de 188 días de reposo, agregando que las otras dos licencias fueron rechazadas debido a que el reposo prescrito se considera prolongado en relación con la patología que afecta a la actora y por considerar que los antecedentes médicos aportados por la recurrente no permiten establecer su condición cl

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o amague ese ejercicio. 2.- Que, el acto que la recurrente considera conculca sus garantías constitucionales, corresponde al rechazo de su licencia médica N° 16020923-2, por parte de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de esta región. 3.- Que, por su parte la recurrida informó que mediante Resolución Exenta N° R-01-S-02841-2024, de 5 de enero del año en curso, pronunciada por la Superintendencia de Seguridad Social, se instruyó a su parte aprobar las licencias médicas de la recurrente que se encontraban rechazadas, entre las cuales se encuentra precisamente la reclamada en estos autos. 4.- Que, de conformidad con lo expuesto anteriormente, es forzoso concluir que el presente recurso ha perdido oportunidad, desde que el remedio solicitado por la recurrente ya ha sido dispuesto por la Superintendencia de Seguridad Social, por lo que no hay medida alguna que esta Corte pueda adoptar a fin de corregir la arbitrariedad alegada, debiendo entonces ser rechazada la presente acción, al haber perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales de la Excma. Corte Suprema, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección interpuesto en favor de Jenifer Carolina Constela Pinto en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de esta región, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte 3179-2023 Protección.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 5 de octubre del año 2023, compareció Jenifer Carolina Constela Pinto, domiciliada en calle Pulmahue N° 01286, Villa Los Pinares III, de la comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Recurre en contra de la decisión de la entidad recurrida de rechazar s

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