MP C/ DANTE ALEJANDRO MORA AHUMADA
Rol
Fecha
25 de enero de 2024
Materia
ROBO DE VEHICULO MOTORIZADO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
dgm C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veinticinco de enero de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 09:35 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro señor Alejandro García Silva, e integrada por la Fiscal Judicial señora Nel Greeven Bobadilla y el Abogado Integrante señor Felipe Caballero Brun, para la vista del recurso de apelación deducido por la defensa, representada por el abogado Sr. Marcos Schmitt Magasich, en causa RIT N°O-487-2024 del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, Rol de Corte N° Penal-187-2024, en contra de la resolución de diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Dante Mora Ahumada. Asisten a la audiencia, por la defensa, la abogada Sra. Macarena Jaque Reinuaba, revocando y, por el Ministerio Público, el abogado asesor Sr. Esteban Cruz Lozano, confirmando; quienes expusieron sus argumentos de lo que queda registro íntegro en el audio de la Sala, por lo que no serán reproducidos. Terminados los alegatos, el Sr. Presidente dio por finalizada la presente audiencia, dejando constancia que se puso término a las 09:44 horas. El Tribunal resuelve: Visto, oídos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y, de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Dante Mora Ahumada. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Caballero Brun, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y conceder la libertad al imputado, por considerar que una o más de las medidas cautelares contenidas en el artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, considerando que el imputado tiene irreprochable conducta anterior. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-187-2024.
Texto Completo (Preview)
dgm C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veinticinco de enero de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 09:35 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro señor Alejandro García Silva, e integrada por la Fiscal Judicial señora Nel Greeven Bobadilla y el Abogado Integrante señor Felipe Caballero Br
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