PINTO/JUZGADO GARANTIA RANCAGUA
Rol
Fecha
25 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1°. Que la acción constitucional de amparo contemplada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, supone necesariamente una privación o perturbación a la libertad personal o seguridad individual de una persona. 2°. Que, en el caso de autos, de acuerdo a los antecedentes fundantes del recurso, y principalmente de sus peticiones, resulta que lo pretendido por el actor es ajeno a los fines y naturaleza cautelar de la acción de amparo, a lo que se suma el hecho que el acto objeto de reproche incide directamente en la tramitación de antecedentes jurisdiccionales, oportunidad en que el recurrente puede comparecer en defensa de sus intereses, sin que la presente acción pueda ser considerada como substituta de las acciones ordinarias. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la Republica, se declara inadmisible el recurso deducido a folio N°1. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 40-2023 Amparo.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la Republica, se declara inadmisible el recurso deducido a folio N°1. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 40-2023 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Mzs/Aaa Rancagua, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°. Que la acción constitucional de amparo contemplada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, supone necesariamente una privación o perturbación a la libertad personal o seguridad individual de una persona. 2°. Que, en el caso de autos, de acuerdo a los antecedentes fundantes del recurso, y principalm
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