JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CASTRO

VALDERAS/SOCIEDAD COMERCIAL HMVP SPA.

Rol

Fecha

24 de enero de 2024

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, además del hecho de no haber comparecido a estrados la demandada principal, no aportando prueba alguna que permita desvirtuar las pretensiones de su representado, tales como liquidaciones y/o comprobantes de pago de las remuneraciones reclamadas, valorándose negativamente la prueba en contra del trabajador; pudiendo hacer uso de la facultad otorgada por el legislador en el artículo 453 N°1 inc. 7° y lo contemplado en el artículo 454 N°4, ambos del Código del Trabajo. Concluye que la contradicción en los indicados

Fundamentos

fundamentos del

Fallo

fallo recurrido puede concluirse la existencia entre ellos de una clara contradicción que los torna insuficientes para explicar que no se hayan tenido por acreditados los puntos de prueba, de acuerdo con lo señalado en el considerando undécimo y, por otra, que se haya tenido por acreditada la relación laboral de carácter indefinida entre las partes en virtud de un contrato de trabajo. Indica que a lo anterior, se suman las circunstancias que daban cuenta de la relación laboral entre las partes, tanto en el contrato de trabajo y certificado de cotizaciones, lo cual permitía acreditar los hechos contenidos en la demanda, además del hecho de no haber comparecido a estrados la demandada principal, no aportando prueba alguna que permita desvirtuar las pretensiones de su representado, tales como liquidaciones y/o comprobantes de pago de las remuneraciones reclamadas, valorándose negativamente la prueba en contra del trabajador; pudiendo hacer uso de la facultad otorgada por el legislador en el artículo 453 N°1 inc. 7° y lo contemplado en el artículo 454 N°4, ambos del Código del Trabajo. Concluye que la contradicción en los indicados fundamentos permite reconocer que se ha incurrido en el vicio de nulidad previsto en la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, al ponderar la prueba rendida en la causa, infringiendo las reglas de la sana crítica y particularmente, el principio de “no contradicción”. Pide se acoja el recurso de nulidad y consecuencialmente, se invalide y s

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Puerto Montt, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos. En estos antecedentes Rol de ingreso de Corte N°155-2023 del Libro de Ingreso Laboral-Cobranza, RUC 22- 4-040962-K, RIT O-64-2022 del Juzgado de Letras de Trabajo de Castro, caratulado "Valderas con Sociedad Comercial HMVP SpA”, por sentencia del quince de marzo de dos mil veintitrés se rechaza la demanda de despido injustifica

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