15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P C/ RICARDO ANTONIO BURGOS SOTO (QTE. GERARDO EDUARDO BELLO GUIÑEZ)

Rol

Fecha

24 de enero de 2024

Materia

HOMICIDIO SIMPLE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que las causales de exclusión de prueba están señaladas taxativamente en el artículo 276 del Código Procesal Penal y, en lo que interesa al presente recurso, su inciso tercero dispone que el juez excluirá las pruebas que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. Segundo: Que, en la especie, el tribunal de primera instancia excluyó de la prueba de cargo la testifical consistente en la declaración de la víctima de iniciales B.A.B.B., en razón de que su declaración no fue registrada en la carpeta investigativa, lo que constituiría un incumplimiento a las garantías del debido proceso. Tercero: Que, la declaración cuya exclusión se pide, no configura ninguna de las situaciones previstas en el inciso tercero del artículo 276 del Código Procesal Penal, desde que, por tratarse de la víctima de autos, no puede ser calificado su testimonio como el de “un testigo sorpresa”, de manera que ha de primar la disposición del inciso final del mismo artículo en orden a admitir toda la prueba ofrecida, la que en todo caso podrá ser sometida a los ejercicios a los que se refieren los artículos 332 y 334 del Código Procesal Penal y sin que, en realidad, los alcances de su declaración sean ignorados por los intervinientes, dado el interés que, en cuanto ofendido, conduce en la Litis. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de tres de octubre de dos mil veintitrés, pronunciada por 15° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT 6759 - 2019, que excluyó la prueba testifical de B.A.B.B., ofrecida por el Ministerio Público y, en su lugar, se declara que dicha prueba queda incluida en el auto de apertura respectivo. Devuélvase vía interconexión. N° 3063-2023 Penal

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de tres de octubre de dos mil veintitrés, pronunciada por 15° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT 6759 - 2019, que excluyó la prueba testifical de B.A.B.B., ofrecida por el Ministerio Público y, en su lugar, se declara que dicha prueba queda incluida en el auto de apertura respectivo. Devuélvase vía interconexión. N° 3063-2023 Penal

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Cuarta Sala Rol: 3063-2023 Penal Ruc: 1900903001-0 RIT: 6759-2019 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago. Integrantes: Ministros Señora María Soledad Espina Otero, señora María Alejandra Pizarro Soto y el Abogado integrante señor Carlos Urquieta Salazar. Relator: Nicole Bustos Maulén Digitador: Ángel Navarrete Mesías Fi

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