ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON ADA AGRUPACION DENTAL LTDA
Rol
P-34182-2017
Fecha
4 de noviembre de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, al respecto resulta del caso recordar, que dentro de los presupuestos favorables a la incidencia de nulidad procesal, debe verificarse en los hechos, entre otros, la existencia de un acto irregular, esto es, un acto viciado, que se aparte de las formas exigidas en el acto patr n o modelo previsto por eló legislador. SEGUNDO: En la especie, el incidentista pretende se declare la nulidad de todo lo obrado, por falta de emplazamiento y requerimiento de pago, se retrotraiga el estado de la causa, al de notificarse v lidamente la demanda, con costasá , argumentando esencialmente, que no le han llegado a sus manos las copias de la demanda de autos y su prove do,í tanto por no corresponder su domicilio a aqu l en el cual se realizaron las notificaciones, como por no haberseé encontrado su representante legal en el pa s al momento de las mismas,í seg n consta en instrumentos que acompa a.ú ñ TERCERO: Que, teniendo presente la rebeld a del actor frente a laí incidencia de nulidad promovida por la ejecutada, y tras el examen de los antecedentes que esta ltima aporta al proceso, resulta posible concluir ú la efectividad de la alegaci n formulada por la articulistaó , baste al efecto constatar, que seg n se lee ú del instrumento titulado “Certificado de viajes” expedido por el Departamento de Migraciones de la Polic a de Investigaciones de Chile, deí fecha 17 de agosto de 2022”, inimpugnado de contrario, que el representante legal de la ejecutada, don Sebasti n Enrique Alejandro Ort z de Rozas Ojeda, sali delá í ó territorio nacional con fecha 23 de noviembre de 2019 retornando al mismo con fecha 22 de agosto de 2021, circunstancia que tras ser contrastada con el atestado receptorial de fecha 28 de enero de 2020, en cuya virtud se notific en virtud deló art culo 44 del í C digo de Procedimiento Civiló , evidencian en definitiva su imposibilidad de haber recibido las copias respectivas y de ser requerido de pago, Código: XMMXXCMJFXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl antecedentes que como se dijo, permiten tener por acreditada la alegaci n fundanteó de la incidencia de nulidad que la ejecutada promueve, consistente en su falta de emplazamiento respecto del presente proceso. CUARTO: Que, conforme a lo razonado anteriormente, atendida la naturaleza de la alegaci n hecha valer por la articulista, y teniendo presente loó dispuesto en los art culos 83 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,í ó constituyen circunstancias que conducen a acoger la petici n planteada, como seó dir .á
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo adem s presente lo dispuesto en elá art culo 18 de la Ley N° 17.322; art culos 55, 83 y siguientes del C digo deí í ó Procedimiento Civil; SE RESUELVE: Que, se ACOGE, sin costas, el incidente de nulidad intentado por la ejecutada, y de conformidad con lo preceptuado en el inciso 2° del art culo 55 delí C digo de Procedimiento Civil, ó se la tendr por notificada de las resoluciones cuyaá notificaci n cuestionaó , y en definitiva por v lidamente emplazada respecto de esteá proceso, con esta fecha. RIT: P341822017 RUC: 17301756801 Provey el (la) Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsionaló de Santiago, quien suscribe con firma electr nica avanzada.ó En Santiago, dos de noviembre de dos mil veintid só , se notific por el estadoó diario la resoluci n precedente.ó Itc. Código: XMMXXCMJFXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-04T09:57:05-0300
Texto Completo (Preview)
Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veintid só . Por ingresado a despacho con esta fecha. Atendido lo preceptuado en el art culo 89 del í C digo de Procedimiento Civiló , no ha lugar por innecesario, debiendo estarse a lo que se resolver .á Resolviendo derechamente incidente de nulidad promovido por la ejecutada de autos, a lo principal de su presentaci n de fecha 1
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