FIGUEROA/FAUNDEZ
Rol
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: Que comparece doña Carolina Andrea Aguirre Miric, abogada, domiciliada en calle Prat 548 oficina 402, Edificio Vaticano, comuna de Antofagasta, en representación de Matías Brandon Figueroa Figueroa quien deduce acción constitucional de protección en contra de Víctor Faúndez Varas, con domicilio comercial en calle Baquedano Nº 464 local 1, Antofagasta, por vulnerar el legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 19 N°1 y 20 de la Constitución Política de la República, solicitando el cese de todo acto que implique amenaza y perturbación a sus garantías fundamentales, ordenando al recurrido abstenerse de realizar descalificaciones y actos que impidan captar clientes al recurrente en cualquier calle de Antofagasta. Informo del recurso el recurrido, solicitando el rechazo de este. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente, funda su acción constitucional, señalando que julio del año 2022 junto a don Javier Cortés y doña Constanza Marino, formaron una sociedad de hecho denominada MigraChile, cuya oficina se encuentra ubicada en calle Baquedano. Explica que el arriendo de la oficina se realizó a través de la sociedad del Sr. Cortés, ya que se les exigía acreditar renta, acordando incluir en dicha sociedad al recurrente y a doña Constanza, lo cual señala nunca se concretó. Dicho incumplimiento, supone el actor, fue con el objeto de no compartir las ganancias del negocio en asesoría y tramitación migratoria que mantenían, al cual ingresaba mensualmente más de $12.000.000. El día 4 de abril del 2023 el Sr. Cortés le solicitó que no fuera a trabajar más a la oficina, argumentando que todo estaba a su nombre, lo que ocasionó una discusión, siendo el recurrente acusado falsamente de amenazas y causar daños en el local; lo que dio origen a una causa que actualmente investiga Fiscalía. A pesar de lo anterior, el 20 de abril de 2023 instaló una oficina llamada “Mfmigración” en calle Maipú, continuando con las asesorías migratorias. Sin embargo, desde su inicio debió lidiar con la hostilidad del Sr. Cortés, y en particular con uno de sus volanteros, don Víctor Faúndez, quién hostiga y amedrenta tanto al recurrente como a las personas que trabajan con él. Explica que, para captar clientes, comenzó a repartir volantes en lugares estratégicos, como lo son calle Baquedano con Latorre, y en el Servicio Nacional de Migraciones, ubicada en calle Jorge Washington. El primer volantero fue el hermano del recurrente, a quien el recurrido le señalaba que “le estaba quitando clientes”, y que no podía estar en toda esa calle ya que existía una orden de alejamiento en contra del recurrente y de todo su círculo, exhibiendo una supuesta orden de alejamiento y amenazando con llamar a carabineros para que se lo llevarán preso, lo cual señala se condice con su declaración ante la Fiscalía Local de Antofagasta. Expone que el hostigamiento ha ido en aumento, ya que recurrido se siente dueño de la calle Baquedano y Washington, no tolerando a la competencia. Actualmente amedrenta a su volantera diciéndole que no podía estar cerca de esas calles porque la calle era de “ellos”, refiriéndose a Migrachile; el recurrido se altera y la comienza a hostigar, molestar e incomodar, diciéndole a las personas que se encuentra de la fila que “no le reciban a ella porque ella no sabe”, “no le reciban a ella porque donde ella trabaja estafan”, la molesta por la vestimenta y la avergüenza delante de la gente, adoptando una actitud desafiante aprovechando su altura. Estos hechos ocasionan que cualquier volantera llegue a la oficina nerviosa, asustada, sin ganas de volver a repartir volantes para no encontrarse con él, es decir, él logra su cometido, lo que a su vez angustia al recurrente. Respalda lo anterior, la declaración de doña Karina Figueroa en la Fiscalía Local d
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por doña Carolina Andrea Aguirre Miric, en representación de don Matías Brandon Figueroa Figueroa en contra de don Víctor Faúndez Varas. Regístrese y comuníquese. ROL 8476-2023 (PROT)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, veinticuatro de enero del dos mil veinticuatro. VISTOS: Que comparece doña Carolina Andrea Aguirre Miric, abogada, domiciliada en calle Prat 548 oficina 402, Edificio Vaticano, comuna de Antofagasta, en representación de Matías Brandon Figueroa Figueroa quien deduce acción constitucional de protección en contra de Víctor Faúndez Varas, con domicilio comercial en calle Baquedano Nº 46
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