EMPRESA CONSTRUCTORA TECSA S.A. CON SII DIRECCIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES - (LTE) - VISTA CONJUNTA CON I.C. N°328-2022- VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
LIQUIDACIÓN
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada pero se elimina en el
Fundamentos
considerando vigésimo primero, última línea, todo lo que se lee en la letra “c)” hasta su último punto y coma. Y se tiene en su lugar y además presente: 1°) Que por sentencia dictada por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de esta ciudad, se acogió parcialmente el reclamo presentado por la contribuyente Constructora Tecsa S.A. contra las Liquidaciones Nros. 60 a 63, de 29 de mayo de 2015, correspondiente a los años tributarios 2013 y 2014 y relativas al Impuesto Único del artículo 21 de la Ley de Renta, permitiendo, en consecuencia, la rebaja de algunas partidas que se estimaron acreditadas. Contra dicho
Fallo
fallo apela el Servicio de Impuestos Internos y en lo no acogido del reclamo, la contribuyente. 2°) Que conviene indicar que la reclamante es una empresa que gira en el rubro de construcción de edificios y que por lo tanto está obligada a determinar sus impuestos con contabilidad completa; y, que a raíz de programas selectivos de fiscalización, dirigidos a controlar a contribuyentes que declaran pago provisional por impuesto de Primera Categoría de Utilidades Absorbidas, del artículo 31 inciso tercero Nro.3 de la ley sobre Impuesto a la Renta y también del impuesto de Primera Categoría y/o artículo 21 de la misma ley, que presenten pérdida tributaria absorbiendo total o parcialmente las utilidades no retiradas o distribuidas anotadas en el registro FUT y que solicitan la devolución del impuesto de primera categoría pagado sobre dichas utilidades. En este caso la pérdida tributaria declarada para el AT 2013 fue de -$9.010.004.450 y una pérdida de ejercicios anteriores de -$11.263.666.675, solicitando devolución de $21.408.621. En tanto para el AT 2014 la empresa declaró una pérdida de -$7.040.924.895 y pérdida de ejercicios anteriores de -$9.222.103.501, solicitando devolución de PPUA por $414.932; declaró también impuesto único por $1.136.124, resultando pago de $736.337. Respecto de ambas declaraciones se efectuaron observaciones y se rebajaron varios ítems por falta de acreditación. El contribuyente dedujo recurso de Reposición Administrativa Voluntaria (RAV) cuyo result
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C.A. de Santiago Santiago, a veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada pero se elimina en el considerando vigésimo primero, última línea, todo lo que se lee en la letra “c)” hasta su último punto y coma. Y se tiene en su lugar y además presente: 1°) Que por sentencia dictada por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de esta ciudad, se acogió pa
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