JUZGADO DE FAMILIA TALCA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

24 de enero de 2024

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1) Que, según se desprende de los antecedentes de la causa, la resolución apelada que motiva este ingreso es la dictada por el tribunal a quo el 4 de diciembre de 2023, que no hizo lugar a la objeción de liquidación deducida por la parte demandada. 2) Que, la resolución impugnada, no es susceptible de ser atacada por apelación, pues la misma no se encuentra en ninguna de las hipótesis a que se refiere el artículo 67 de la ley 19.968, e incluso el inciso séptimo del artículo 12 de la Ley N°14.908, establece que “Tampoco será recurrible la resolución que rechaza la objeción a la liquidación”, lo que redunda,...

Texto Completo (Preview)

Talca, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1) Que, según se desprende de los antecedentes de la causa, la resolución apelada que motiva este ingreso es la dictada por el tribunal a quo el 4 de diciembre de 2023, que no hizo lugar a la objeción de liquidación deducida por la parte demandada. 2) Que, la resolución impugnada, no es susceptible de ser atacada por

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