SIN INFORMACION

MARGARITA BARRIA SANDOVAL C/ PETRONILA DEL CARMEN CARRASCO ANDRADE

Rol

Fecha

24 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente que: Primero. Margarita Lisette Barría Sandoval, domiciliada en la comuna de Valdivia, recurre de protección en contra de Petronila del Carmen Carrasco Andrade, domiciliada en Temuco, quien, al haber ejercido una demanda de precario –que fue acogida- y obtener posteriormente, el 17 de noviembre de 2023, una orden de lanzamiento, con el auxilio de la fuerza pública, decretada en la causa rol C-501-2022, caratulada “Carrasco con Vargas” del Primer Juzgado Civil de Valdivia, habría vulnerado sus garantías de debido proceso y propiedad, contenidas, respectivamente, en los numerales 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que tiene la nuda propiedad sobre el inmueble, ubicado en calle Petrohué 411, Corvi 2, comuna de Valdivia, lugar que habita desde hace más de 50 años, junto a su familia –que incluye a su nuera, la madre y el hermano de ésta y su hijo lactante-, mientras que la recurrida es usufructuaria del inmueble y vive en la ciudad de Temuco. Termina solicitando que se ordenen medidas de protección a su favor y se restablezca el imperio del derecho. Segundo. Informando, la recurrida señala que es usufructuaria sobre el inmueble y que, por razones laborales, debió trasladarse temporalmente a Temuco, y al regresar tomó conocimiento que el hijo de la recurrente había ocupado el inmueble sin su autorización, por lo que debió iniciar una acción de precario. Refiere que, al no efectuarse la restitución de la propiedad de manera voluntaria dentro del plazo ordenado en la sentencia, solicitó el lanzamiento con auxilio de la fuerza pública del demandado junto a todos los ocupantes de la propiedad, diligencia que está decretada y próxima a realizarse. Tercero. Examinando la causa rol C-501-2022, caratulada “Carrasco con Vargas” del Primer Juzgado Civil de Valdivia, se aprecia que el 21 de marzo de 2022, la recurrida demandó de precario a Carlos Armando Vargas Barría, solicitando la restitución del inmueble de

Fallo

fallo que fue revocado por esta Corte por sentencia de 8 de marzo de 2023, dictada en causa Rol 1601-2022-civil, ordenando al demandado restituir el inmueble dentro de quinto día, bajo apercibimiento de lanzamiento con fuerza pública. Decretado el cumplimiento incidental de la sentencia, no se opusieron excepciones El 3 de noviembre de 2023, a petición de la demandante, se decretó el lanzamiento del demandado y de todos los ocupantes del inmueble y, una vez constatada la oposición a aquella diligencia, el 17 de noviembre se otorgó el auxilio de la fuerza pública. No consta que en dicha causa haya comparecido la recurrente. Cuarto. De los antecedentes expuestos y de los documentos acompañados en esta causa, puede descartarse que en la especie se haya incurrido en alguna arbitrariedad o ilegalidad, habida consideración de que el lanzamiento impugnado se decidió por el tribunal dentro del marco de sus competencias y en uso de sus facultades legales, concretándose en la forma prevista en la ley y con apego a la sentencia cuyo cumplimiento se ha decretado, lo que llevará al rechazo del recurso planteado. Quinto. Que sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, en función de los últimos documentos aportados tanto por la recurrente como por la recurrida, consta que con fecha 17 de enero de 2024 se efectuó el lanzamiento de los ocupantes de la propiedad sub lite en los autos C-501-2022, ya individualizado, mediando para esta diligencia Receptor Judicial con auxilio de la fuerza

Texto Completo (Preview)

C.A de Valdivia Valdivia, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente que: Primero. Margarita Lisette Barría Sandoval, domiciliada en la comuna de Valdivia, recurre de protección en contra de Petronila del Carmen Carrasco Andrade, domiciliada en Temuco, quien, al haber ejercido una demanda de precario –que fue acogida- y obtener posteriormente, el 17 de noviembre de

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