GARRIDO OTÁROLA CAMILA ANDREA/14º JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, la presente acción se interpone por el abogado don Adrián Cifuentes Santibáñez, en favor de Camila Garrido Otárola, en contra del Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, por haber incurrido éste en un acto ilegal al dictar la resolución de diecinueve de enero del presente año, mediante la cual declaró inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la decisión que no dio lugar a la suspensión de medidas cautelares. 2°.- Que del tenor del arbitrio se evidencia que no se denuncian hechos que comprometan la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como los requisitos o formalidades, tanto de orden constitucional como legal, que protegen ese derecho a la libertad personal de los abusos de poder y de las arbitrariedades, en términos que la misma sólo puede ser privada o restringida “en los casos y en la forma determinados por la Constitución y las leyes”. 3°.- Que, además, resulta conveniente tener presente, que el ordenamiento jurídico concede y reconoce al amparado los remedios idóneos para poner término a la situación descrita en el libelo, ejerciendo su derecho de defensa a través de los recursos ordinarios de revisión y otros mecanismos previstos por ley. 4°.- Que, en efecto, no puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión anómala e impropia de lo actuado por un tribunal. Aceptarlo importaría distorsionar tanto la finalidad de la acción de amparo como la regularidad elemental del procedimiento que la rige. Por estas consideraciones, y lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-270-2024.mst
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-270-2024.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Proveyendo al folio N°1: a lo principal, al primer y segundo otrosíes, aténgase a lo que se resolverá; al tercer otrosí, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, la presente acción se interpone por el abogado don Adrián Cifuentes Santibáñez, en favor de Camila Garrido Otárola, en contra del Décimo Cuarto Juz
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