ARTHUR ABARCA IRIS DE LAS MERCEDES/ARIAS ARTHUR IRIS SUSANNE
Rol
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Jacqueline Edwards Arenas, abogada en representación de doña Olga Janet Arias Arthur, quien deduce acción de amparo en favor de doña Iris de las Mercedes Arthur Abarca, madre de su representada y en contra de doña Iris Susanne Arias Arthur, hermana de su representada, por el acto arbitrario e ilegal de mantener aislada a su madre de todo el resto de su familia, no teniendo noticias de ella, de su salud, no pudiendo tomar contacto telefónico, ni visitas presenciales, manteniéndola ilegal y arbitrariamente privada de su libertad, sin comunicación y deteriorándose su salud física y psicológicamente, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Solicita que se acoja la acción, adoptando las medidas necesarias para restablecer y resguardar el imperio del derecho, asegurar la libertad personal y seguridad individual de doña Iris de las Mercedes Arthur Abarca, autorizando que sus hijos Olga Janet Arias Arthur, Albert Arias Arthur y Ricardo Arias Hernández, puedan visitar a su madre, tener contacto diario con ella y si esta Corte lo estima necesario, la retire del domicilio de la recurrida para que puedan otorgarle todos los cuidados que la adulta mayor amparada requiera. Expone que la amparada, tiene 84 años de edad, está diagnosticada con demencia senil, requiriendo de cuidados especializados, pero hasta la fecha, la denunciada mantiene a la víctima encerrada bajo llave en su domicilio durante las horas en las que esta se encuentra trabajando y se ha negado irrazonablemente a tener una persona calificada que cuide de ella. Refiere que, durante noviembre de 2023, la adulta mayor estuvo internada en el Hospital El Carmen de Maipú, lo que no fue informado por la recurrida a ninguno de sus hermanos u otros familiares cercanos, e incluso, prohibió al centro asistencial la entrega de información de la paciente a sus hermanos y las visitas que podrían efectuar éstos. Indica que l
Fundamentos
considerando tercero de esta sentencia, corresponde desestimar el recurso que fuere interpuesto.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza en todas sus partes la acción constitucional de amparo interpuesto por doña Jacqueline Edwards Arenas, en representación de doña Olga Janet Arias Arthur. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3258-2023. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero, el Ministro (S) señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. A folio 13, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Jacqueline Edwards Arenas, abogada en representación de doña Olga Janet Arias Arthur, quien deduce acción de amparo en favor de doña Iris de las Mercedes Arthur Abarca, madre de su representada y en contra de doña Iris Susanne Arias Arthur
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