ANONIMIZADO
Rol
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: El mérito de los antecedentes que obran en la causa, y lo expuesto en la relación, estimándose que la naturaleza jurídica de la resolución recurrida no corresponde a aquellas respecto de las cuales el artículo 67 N°2 de la Ley de Tribunales de Familia hace procedente la impugnación vía apelación, por cuanto no decreta una medida cautelar nueva, sino que dispone la modificación de una medida cautelar ya existente, lo que no se corresponde con las hipótesis contempladas en la norma citada y teniendo en consideración lo dispuesto en los...
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Puerto Montt, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: El mérito de los antecedentes que obran en la causa, y lo expuesto en la relación, estimándose que la naturaleza jurídica de la resolución recurrida no corresponde a aquellas respecto de las cuales el artículo 67 N°2 de la Ley de Tribunales de Familia hace procedente la impugnación vía apelación, por cuanto no
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