JUZGADO DE GARANTIA DE VILLARRICA

MINISTERIO PUBLICO C/ JAYSON RICARDO AGUERO ALIANTE

Rol

Fecha

24 de enero de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que las medidas cautelares tienen como finalidad resguardar los fines del procedimiento, de forma que en el caso de autos la imposición de la prisión preventiva resulta excesiva a dicho objetivo, pudiendo resguardarse con medidas de menor intensidad, razón por la cual, SE REVOCA la resolución de fecha de fecha diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, del Juzgado de Garantía de Villarrica, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado JAYSON RICARDO AGÜERO ALIANTE, y en su lugar se decreta la medida cautelar establecida en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total del imputado, el que deberá ser debidamente controlado por la unidad de Carabineros de Chile correspondiente a su domicilio. La decisión precedente fue adoptada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Fernando Cartes Sepúlveda, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-132-2024 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. A lo principal y otrosí de los escritos folios 4 y 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que las medidas cautelares tienen como finalidad resguardar los fines del procedimiento, de forma que en el caso de autos la imposición de

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