ANONIMIZADO
Rol
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Que el reparo formulado por el tribunal no tiene que ver con algún defecto o deficiencia que incida en la admisibilidad del libelo presentado, sino que se refiere a un mero error de nomenclatura, lo que puede ser salvado sin dificultad por el propio juzgado. Por estas razones, se revoca la resolución apelada de seis de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Familia de Santiago, en causa RIT C-1014-2023 que tuvo por no presentada la demanda y, en su lugar se decide que el tribunal a quo deberá subsanar el defecto que advirtiera, proveyendo derechamente el libelo respectivo como corresponda...
Fallo
Por estas razones, se revoca la resolución apelada de seis de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Familia de Santiago, en causa RIT C-1014-2023 que tuvo por no presentada la demanda y, en su lugar se decide que el tribunal a quo deberá subsanar el defecto que advirtiera, proveyendo derechamente el libelo respectivo como corresponda...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo únicamente presente: Que el reparo formulado por el tribunal no tiene que ver con algún defecto o deficiencia que incida en la admisibilidad del libelo presentado, sino que se refiere a un mero error de nomenclatura, lo que puede ser salvado sin dificultad por el propio juzgado. Por estas razones, se revoca
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