SEPULVEDA VERGARA JESUS ARIEL /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Leopoldo Humberto Romero Yáñez, quien interpone recurso de amparo en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República en favor de Jesús Ariel Sepúlveda Vergara, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en Centro de Detención Preventiva Santiago Sur en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en la resolución tomada por la recurrida el 31 de octubre del año en curso, por la cual se rechaza el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al segundo semestre del presente año. Indica que el amparado se encuentra cumpliendo condena de 3 años y 1 día, por el delito de robo con intimidación, el que se encontraría cumplida, y que posteriormente se revocó el beneficio de libertad condicional por Gendarmería el año 2012, indicando que solo le queda un saldo de pena efectiva de 5 meses. Añade que cumple con el requisito de conducta, teniendo un comportamiento sobresaliente, arraigo y apoyo familiar durante todo el período que ha permanecido privado de libertad. Además, tiene estudios acreditados, participó en talleres de madera, de reciclaje, huerto y cafetería con remuneración dentro del módulo que se encuentra. Por lo anterior, pide acoger la presente acción cautelar, disponiendo dejar sin efecto lo decidido por la Comisión de Libertad Condicional y ordenar que se le concede la libertad al amparado. Segundo: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que se resolvió omitir pronunciamiento respecto de la postulación al beneficio pretendido. La resolución de rechazo señaló: “Que se omite pronunciamiento respecto del postulante JESUS ARIEL SEPULVEDA VERGARA, cédula nacional de identidad N°17.486.267-2 , por cuanto este renunció voluntariamente al proceso de postulación de Li
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Jesús Ariel Sepúlveda Vergara en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 188-2024 En Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Leopoldo Humberto Romero Yáñez, quien interpone recurso de amparo en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República en favor de Jesús Ariel Sepúlveda Vergara, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en Centro de Detención Preve
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