SIN INFORMACION

GARCÍA / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

24 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Mónica García Sepúlveda, abogada, por sí y en favor del Club Deportivo y Social Tarapacá, representado por Nicolás Catalán Luco; Junta de Vecinos Unidad Vecinal N° 74, representada por René Alfredo Madrid Arancibia; Comité Vecinal de Seguridad Ciudadana Medioambiental Rancagua Verde, representado por Marco Enrique Salvo Vera; Vicente Andrés Suazo Vidal, profesor, Dariel Nicolás Jara Sierra, educador social, Bárbara Palma Villalobos, ingeniera civil ambiental e ilustradora; Javiera Fernanda Brevis Mardones, profesora de inglés, Sebastián Alejandro López Oliva, administrador proyectos de ecoturismo; Paula María Rodríguez Jiménez, ingeniera comercial; Mauricio Hernán Espinoza Pino, ingeniero civil industrial; Mariella Fabiola Traipe Olivares, técnico en publicidad y marketing; Maribel Andrea Saavedra Pinto, trabajadora independiente; Alejandro López Núñez, artista; Isabella Beatriz Galaz Ulloa, periodista; David Gutiérrez, biólogo marino, quienes interponen recurso de protección en contra del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso y de la Dirección de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, por la inminente ejecución del proyecto inmobiliario “Altos del Mar” emplazado en el Loteo Villa Dulce Ampliación Miraflores Alto, de calle Libertad N° 255, comuna Viña del Mar, amenazando sus garantías fundamentales reconocidos en el artículo 19 numerales 1° y 8° de la Carta Fundamental, a saber, el derecho a la vida y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. En cuanto a los hechos, precisan que son personas naturales y jurídicas, defensores ambientales y miembros de organizaciones socio ambientales, además de ser habitantes y vecinos de las poblaciones “Ampliación Villa Dulce” y “Villa Dulce Norte” que se emplazan próximos al Humedal “Entre Cerros” que forman parte de la microcuenca “Villa Dulce-Miraflores-Los Limonares”, afluente del estero Marga Marga, zona donde se proyecta el emplazamiento de

Fundamentos

considerando una reforestación de superficie con igual tipo forestal. A folio 8, se evacúa informe por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, haciendo referencia al Plan de Emergencia Habitacional, del cual el Proyecto Altos del Mar es parte, haciendo presente, que en Viña del Mar solo existe un 11% de avance en este plan, y que en esta comuna se observan dificultades en el avance por el bajo porcentaje de suelo urbano disponible, siendo muy relevante el proyecto en comento, el que aportaría con 160 viviendas nuevas. Señalan que el proyecto es producto de una adquisición de terreno del SERVIU, que nace de la gestión de la Unión Comunal de Allegados de la comuna de Viña del Mar, quienes en el año 2000 solicitan una mesa de trabajo para abordar el problema de los allegados a la comuna, lográndose conformar un listado de terrenos remanentes del SERVIU que

Fallo

se acuerdan licitar, y postular a los comités organizados. Entre ellos surge el Comité Villa Dulce 2000, quienes adquieren el terreno remanente de SERVIU, Lote B de la población Villa Dulce, mediante licitación pública. Agregan que, tras un largo proceso, que se remonta justamente al año 2000, este comité ha logrado avanzar en la aprobación de su proyecto habitacional. Respecto al uso del suelo del terreno, refieren que la Dirección de Obras Municipales emitió Oficio N°1895, de fecha 6 septiembre 2023, el que se rectificó mediante Resolución N°751/23, referido al certificado de informes previos N°113/2022, otorgado a la propiedad citada, resolviendo que dicho predio se emplaza en la zona V7 del Plan Regulador Comunal, procediendo a su vez a rectificar los permisos de obra nueva N°37/2023, y la resolución de aprobación de loteo DFL 2 N°45/2023, respectivamente, en el sentido de eliminar la alusión a la aplicación del artículo 2.1.21 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, dado que el predio, en base a los antecedentes expuestos, se emplazaba exclusivamente en zona V7, lo que quedó zanjado a través de la resolución N°773 de 2023, de la Dirección de Obras Municipales de Viña del Mar. A folio 9, se evacúa informe por la recurrida Ilustre Municipalidad de Viña del Mar. Explican que, con fecha 1º de agosto de 2023, se publicó en el Diario Oficial, Listado de Solicitudes de Reconocimiento de Humedales Urbanos, en el que se encuentra contenida la admisibilidad de la

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Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece Mónica García Sepúlveda, abogada, por sí y en favor del Club Deportivo y Social Tarapacá, representado por Nicolás Catalán Luco; Junta de Vecinos Unidad Vecinal N° 74, representada por René Alfredo Madrid Arancibia; Comité Vecinal de Seguridad Ciudadana Medioambiental Rancagua Verde, repr

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