SIN INFORMACION

CARRASCO/CODELCO CHILE

Rol

Fecha

24 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 2 de noviembre del año 2023, comparece don Jorge Eduardo Carrasco Muñoz, cesante, cédula nacional de identidad N° 12.365.500-1, con domicilio en Calle Estancilla N° 945, comuna de Codegua, y viene en deducir recurso de protección en contra de Codelco, RUT N° 61.704.000-K, representada legalmente por don Mauricio Larraín Errazuriz, RUT N° 9.039.227-1, ambos domiciliados en Huérfanos N° 1270, Santiago, Región Metropolitana, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que en su presentación expuso. Indica que durante el año 2017 desempeñó labores en calidad de empleado en la empresa Molambiente, quien prestaba servicios a Codelco División el Teniente. En la época referida, se desempeñaba en labores de traslado de residuos desde el centro de manejo de residuos industriales sólidos, hasta un vertedero, ubicado, en la época de los hechos, en la Región del Maule, comuna de Teno, en el Centro de Acopio llamado KDM. Agrega que su jornada laboral comprendía el día lunes hasta el día viernes de cada semana, sin embargo, el día 4 de octubre del año 2017, su jefe directo lo envía a reemplazar al chofer del camión recolector de basura, el cual se encontraba estacionado en el sector de Barahona. Es así que, las instrucciones señalaban que debía trasladar el camión de manera urgente a Rancagua para la realización de trabajos de reparación estructural, dado que se les desoldaron unas piezas, reparación que no era posible realizar en Barahona, debido a que el taller de reparación se encontraba asignado con otros trabajos previos de reparación, entre otras razones. Plantea que mientras se encontraba circulando por el tramo referido es que le detiene un empleado de protección industrial, para un control rutinario. En principio, el funcionario lo detiene aduciendo que se encuentra conduciendo a exceso de velocidad, donde, y una vez descartada la infracción, éste se acerca a la parte frontal del vehículo y revisando la cabina, encuentra detrás de los asientos unos electrodos para soldar, una careta de soldar y unas llaves (todas usadas, gastadas y oxidadas) las que se usaban en el mismo camión para soltar las tapas de la acumulación de líquidos del mismo recolector. Luego, y de forma agresiva y displicente este le imputa el delito de robo, increpándolo porque no contaba con un registro de estas herramientas. En este contexto, comenzó una discusión, donde este es detenido, llevado hacia la llamada Oficina de Seguridad, quitándole el pase y la licencia interna. Asegura que, ocurridos estos hechos, se comunicó por vía telefónica con su jefe, explicándole esta situación, quien acudió, además, con el prevencioncita de la época, al lugar de los hechos, y ambos explicaron a los encargados de la seguridad que este no estaba robando, pues esas herramientas eran necesarias en el diario que hacer de ese equipo y que se hallaban en el camión, pues pertenecían a la empresa Molambiente. Afirma que lamentablemente, y a pesar de la explicación entregada por el señor Boilet y el prevencionista, de igual forma le retuvieron los documentos, lo que le impidió desde ese momento poder continuar trabajando en la empresa Molambiente. Señala que, como consecuencia de lo relatado, la empresa Molambiente se vio forzada a despedirlo, sin embargo, la causal de despido invocada se fundamenta en el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa, ya que le constaba que el suscrito no había comet

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de don Jorge Eduardo Carrasco Muñoz, en contra de Codelco Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol I. Corte 3277-2023 Protección. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema”.

Texto Completo (Preview)

Rancagua veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 2 de noviembre del año 2023, comparece don Jorge Eduardo Carrasco Muñoz, cesante, cédula nacional de identidad N° 12.365.500-1, con domicilio en Calle Estancilla N° 945, comuna de Codegua, y viene en deducir recurso de protección en contra de Codelco, RUT N° 61.704.000-K, representada legalmente por don Mauricio Larraín Erraz

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