ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA/JCDECAUX COMUNICACIÓN EXTERIOR CHILE S.A. - (LTE) - (ACUM.I.C. N°6707-2023) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
23 de enero de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido los términos en que las partes fijaron la controversia, lo cierto es que la interlocutoria de prueba no recoge adecuadamente la discusión, motivo por el cual, resulta procedente modificar la resolución en los términos que se dirá en lo resolutivo. Y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de treinta de enero de dos mil veintitrés, dictada por el 7° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-6475-2022 (acumulada al Rol C-6471-2022), y en su lugar, se modifica el punto número 1 de la interlocutoria de prueba, quedando éste de la siguiente forma: “Efectividad de que el título de autos es ideológicamente falso. Elementos que hacen que el título no sea auténtico”. II. Respecto al ingreso Rol 6707-2023 Civil. Vistos y teniendo presente: Que atendido los términos en que las partes fijaron la controversia, lo cierto es que la interlocutoria de prueba no recoge adecuadamente la discusión, motivo por el cual, resulta procedente modificar la resolución en los términos que se dirá en lo resolutivo. Y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de treinta de enero de dos mil veintitrés, dictada por el 7° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-6475-2022 (acumulada al Rol C-6471-2022), y en su lugar, se modifican los puntos números 1 y 2 de la interlocutoria de prueba, quedando éstos de la siguiente forma: “1.- Efectividad de que el título de autos es ideológicamente falso. Elementos que hacen que el título no sea auténtico. 2.- “Efectividad de que la obligación que consta en el título ejecutivo de autos es nula”. Comuníquese. N°Civil-5769-2023 (y acumulada 6707-2023)
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que, se anunció para alegar, escucha relación y alega por el recurso, la abogada doña Catalina Beatriz Casas Prat. Santiago, 23 de enero de 2024. Eduardo Estrada Aravena Relator C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. I. En cuanto al ingreso Rol N°5769-2023. Vistos y teniendo presente: Que atendido los términos en que las partes fijaron la controversia
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