ARANDA/INVERSIONES Y TARJETAS HITES S.A.
Rol
Fecha
25 de enero de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 181 del Código de Procedimiento Civil, no es procedente el recurso de apelación en contra de la resolución que niegue lugar a la reposición deducida en contra de un auto o decreto. 2.- Que, en el presente caso, el recurso de apelación se dedujo contra la resolución de cinco de abril de dos mil veintitrés, que rechazó, a su vez, el recurso de reposición deducido por el mismo recurrente en contra de la decisión de trece de diciembre del año dos mil veintitrés. 3.- Que, en razón de ello y encontrándose la resolución recurrida en la presente causa en la hipótesis prevista en el motivo primero, el presente arbitrio no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones, y lo dispuesto, además, en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte solicitante el nueve de enero del año en curso (folio N°29), en contra de la resolución de cuatro del mismo mes y año (folio N°28). Devuélvase. N°Civil-851-2024.mst
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto, además, en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte solicitante el nueve de enero del año en curso (folio N°29), en contra de la resolución de cuatro del mismo mes y año (folio N°28). Devuélvase. N°Civil-851-2024.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.- Que de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 181 del Código de Procedimiento Civil, no es procedente el recurso de apelación en contra de la resolución que niegue lugar a la reposición deducida en contra de un auto o decreto. 2.- Que, en el presente caso, el recurso de a
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