SIN INFORMACION

TURENNES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES REGION DE METROPOLITANA

Rol

Fecha

23 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, en representación de doña Carline Turennes, haitiana y deduce acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la demora excesiva en la tramitación de su solicitud de prórroga de visa temporaria, lo que a su criterio constituye una vulneración a la garantía de igualdad ante la ley establecida en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, toda vez que ha transcurrido más de dos años y siete meses desde la presentación de la misma, habiéndose resuelto varias solicitudes de personas que, en las mismas circunstancias, postularon con posterioridad a la recurrente. En cuanto a los hechos, expone que su representada ha tenido previamente visas que le permiten postular a la permanencia definitiva. Añade que cumple con los requisitos legales y reglamentarios y que solicitó la permanencia definitiva actual en solicitud n°22793185, con fecha 19 de abril de 2021, sin tener respuesta. Indica que no tener un acto administrativo terminal que le permita tener seguridad de su residencia le ha impedido renovar cédula de identidad, realizar trámites laborales, médicos, bancarios, entre otros. Por lo que solicita con el presente recurso que se ordene a la recurrida a dar curso progresivo a los autos administrativos tan rápido como sea posible, otorgando a la brevedad el acto administrativo terminal consistente en el proceso administrativo de residencia definitiva de la recurrente, cesando las vulneraciones a sus garantías constitucionales., Segundo: Que evacuó informe por el Servicio Nacional de Migraciones, por medio del abogado Antonio Beltrán Henríquez solicitando el rechazo de la acción por cuanto ha perdido oportunidad y eficacia al haberse pronunciado el Servicio de la solicitud de la recurrente. En cuanto a los antecedentes de hecho, expone que doña Carline Turennes, ingresó por primera vez al país con fecha 23 de agosto de 2017 po

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Carline Turennes, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-16620-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señora Marisol Andrea Rojas Moya, señor Tomás Gray Gariazzo y la Ministra (S) señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay. En Santiago, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, en representación de doña Carline Turennes, haitiana y deduce acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la demora excesiva en la tramitación de su solicitud de prórroga de visa temporaria, lo que

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