MP C/ MARJORIE ANDREA RIQUELME ACEVEDO
Rol
Fecha
23 de enero de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se aprecia que los fines del procedimiento sólo pueden verse satisfechos con la medida cautelar de prisión preventiva, que además la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendido el carácter de los delitos por los cuales se ha formalizado la investigación, la gravedad de los ilícitos, su eventual forma de cumplimiento, el haber actuado en grupo o pandilla; y no habiendo variado las circunstancias que se tuvieron a la vista al momento de decretarla, se confirma la resolución de fecha quince enero del año en curso, pronunciada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt don Francisco Almonacid Faundez, que dispuso mantener la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Juan Cristóbal Romero Galdames. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal Nº57-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad
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