ELIZABETH QUINTERO MANSILLA / AGRUPACIÓN DE EMPRENDEDORES EXPOSITORES ALTOS DEL MAR
Rol
Fecha
23 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, con fecha 30 de noviembre de 2023, mediante formulario ingresado en dependencias de esta Corte, comparece Elizabeth Quintero Mantilla, quien interpone recurso de protección en su favor, y en contra de la Agrupación de Emprendedores Expositores Altos del Mar, por el acto ilegal y arbitrario que lo constituye el ser objeto de agresiones y hostigamientos por parte de algunos socios de la agrupación recurrida a la cual pertenece, lo que dice manifestarse cada vez que asiste a las reuniones de socios, además de solicitarle la renuncia por ser la pareja del Presidente que fue expulsado. Solicita que se acoja el recurso de protección, pues indica que se ha afectado su honra y moral, y porque depende económicamente del emprendimiento que desarrolla en la agrupación. Acompaña certificado de vigencia de la Agrupación de Emprendedores Expositores Altos del Mar y los estatutos de esta. A folio 4, informa Deborah Iturrieta Vargas, en representación de la Agrupación de Emprendedores Expositores Altos del Mar, explicando que el señor Ureta no fue expulsado, sino que renunció voluntariamente y por escrito a su cargo de Presidente y a su calidad de socio, y que fue la actora quien se descontroló en la asamblea de 30 de octubre de 2023, ocasión en que insultó al directorio tratándolas de arpías y envidiosas, básicamente porque se le había consultado por la creación de una productora de eventos con emprendedores, debido a que algunos socios consideraron que ambas actividades son del mismo rubro, por lo que se generaría un conflicto de intereses, al estar en el mismo sector y con los mismos participantes en las ferias. Explica que, en una asamblea previa, ella había manifestado ser la dueña de la Productora Boutique & Bazar Producciones y, durante la reunión de 30 de octubre de 2023, se sabe por su propia su pareja y entonces Presidente de la agrupación, que él era el verdadero dueño y representante legal de la productora, quedando en evidencia que la señora Quin
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, el recurso de protección, tiene por finalidad restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado que, por actos u omisiones arbitrales o ilegales, sufra privación, perturbación o amenazas en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, y que se encuentran protegidas en el artículo 20 de la misma carta fundamental. Segundo: Que, del análisis del recurso de protección, lo que se cuestiona por la actora, es estar siendo objeto de agresiones y hostigamientos por parte de algunos socios de la agrupación recurrida a la cual pertenece, como consecuencia de su relación de pareja con el ex Presidente señor Ureta, quien habría sido expulsado de la agrupación. Tercero: Que, sin perjuicio que la expulsión o renuncia del señor Ureta no es materia de análisis del presente recurso, lo cierto es que la actora no ha acreditado ninguna de las amenazas y hostigamientos de las que habría sido objeto por parte de miembros de la agrupación recurrida, y la única prueba que da cuenta de un altercado, es el acta de asamblea de fecha 30 de octubre de 2023, en el que se lee que se dio término a la misma, con insultos de parte de la señora Quintero a los miembros del directorio de la agrupación, tratándolas de arpías y envidiosas. Por lo tanto, no es posible analizar si ha existido un acto ilegal o arbitrario de parte de la recurrida, en el entendido que no se ha acreditado la ocurrencia de dichos actos, esto es, los malos tratos ocasionados por miembros de la agrupación a la recurrente, lo que lleva a rechazar el recurso.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Elizabeth Quintero Mantilla, en contra de la Agrupación de Emprendedores Expositores Altos del Mar. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. No sujeta a anonimización. N° Protección-23558-2023.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, con fecha 30 de noviembre de 2023, mediante formulario ingresado en dependencias de esta Corte, comparece Elizabeth Quintero Mantilla, quien interpone recurso de protección en su favor, y en contra de la Agrupación de Emprendedores Expositores Altos del Mar, por el acto ilegal y arbitrario que lo cons
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