SIN INFORMACION

/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

23 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 18 de enero del presente año, compareció don Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza, cédula de identidad 19.025.279-5, abogado, y Matías Piquer Franco, cédula de identidad 17.701.348-k, abogado, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia N°1881, Providencia, Región Metropolitana, interponiendo recurso de amparo en favor de CHRISTIAN JOSÉ MOLINA BUELVAS, cédula de identidad para extranjeros 28.238.683-6, de nacionalidad Colombiana, domiciliado en Treinta y seis Oriente 3945, Talca, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo representado legalmente por don Luis Eduardo Thayer Correa, domiciliado en calle San Antonio N°580, Santiago, Región Metropolitana, por haber dictado de manera ilegal y arbitraria la Resolución Exenta N°23486392, de 11 de diciembre de 2023, que revoca el permiso de residencia temporal otorgado al amparado mediante Resolución Exenta N°23317980 de 22 de agosto de 2023, y dispone orden de abandono del país. Refiere, en síntesis, que el amparado realizó una solicitud de residencia temporaria el 15 de agosto de 2022, la que le fue otorgada el 22 del mismo mes. Ahora bien, el 11 de diciembre de 2023 y mediante Resolución N°23486392, el Servicio recurrido revoca dicho permiso y dicta conjuntamente una orden de abandono, señalando que el recurrente adjuntó un contrato de trabajo con un empleador distinto al presentado en la oferta laboral inicial, con la que le había sido otorgada su residencia. Explica, que el amparado ingresa a Chile el 12 de septiembre de 2023, bajo calidad de residente temporario. En el mes de octubre de 2023, el Servicio Nacional de Migraciones le solicita anexar el contrato de trabajo vigente para proceder a ampliar el plazo de 90 días de su residencia, no obstante, dicho empleador desistió de la oferta laboral debido a la demora del amparado en obtener su residencia, por lo que al momento de recibir esta comunicación, el aparado ya se encontraba trabajando con un empleador

Fallo

por tanto perturbación alguna en los derechos del amparado. Finalmente, solicita el rechazo de la presente acción constitucional de amparo en todas sus partes. TERCERO: Que el inciso primero del artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción a lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. CUARTO: Que la exigencia del artículo 90 N°2 de la Ley 21.325, dice relación con los requisitos que habilitan para obtener o conservar los permisos de residencia, en este caso provisorio, que a su vez el artículo 70 del texto legal ya citado, en su número dos, establece que la permanencia temporal podrá ser autorizada a los extranjeros en tanto ingresan al país a desarrollar actividades lícitas remuneradas por cuenta propia o bajo relación de subordinación y dependencia. Las normas pre citadas no exigen que el primitivo empleador del extranjero permanezca inmutable en el tiempo, pudiendo ser mod

Texto Completo (Preview)

ROL 33-2024 Amparo. Talca, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 18 de enero del presente año, compareció don Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza, cédula de identidad 19.025.279-5, abogado, y Matías Piquer Franco, cédula de identidad 17.701.348-k, abogado, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia N°1881, Providencia, Región Metropolitana, in

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica