SIN INFORMACION

GAETE/ALCAIDE DEL CCP DE TALCA

Rol

Fecha

22 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el Defensor Penal Público Penitenciario Max Troncoso Moreno en favor de JORGE IGNACIO GAETE GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 20.919.821-5, actualmente privado de libertad, en calidad de condenado, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo. 21 de la Constitución Política de la República, interpone acción constitucional de amparo en contra del ALCAIDE DEL C.C.P DE TALCA quien de manera arbitraria e ilegal rechazó recalificar la conducta del amparado correspondiente al bimestre de mayo-junio de 2023, afectando con ello la libertad personal y seguridad individual. El objeto de la presente acción es que mediante sus facultades conservadoras brinde protección a los derechos que están siendo afectado y adopte las medidas necesarias para remediar las irregularidades que la ocasionan y, en definitiva, ordene al Alcaide recalificar la conducta del bimestre mayo-junio 2023, excluyendo la ponderación del área educacional conforme al reglamento lo indica. En relación a los hechos fundantes del recurso señala que el amparado, de actuales 21 años de edad, se encuentra cumpliendo condena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de robo con intimidación impuesta en causa RIT N°1454-2021 por el Juzgado de Garantía de Talca y la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de microtráfico de drogas impuesta en por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt en causa RIT N°2507-2020. Inició su privación de libertad el 18 de marzo de 2021 debiendo concluir el 19 de abril de 2024. Durante el tiempo de privación de libertad se ha ajustado al régimen penitenciario al punto que en el bimestre noviembre-diciembre 2022 obtuvo calificación Muy Buena. Solo observa una sanción disciplinaria en el año 2021. La calificación Muy Buena se mantuvo hasta el bimestre mayo-junio de 2023, período en que se le rebajó la calificación debido a inasistencias a la Escuela del Establecimiento que según el amparado tuvieron como causa amenazas que mantenía de otros internos en dicho lugar. Es más, indica que a mediados de junio fue agredido por otro interno, circunstancia que no fue denunciada. De estas amenazas Gendarmería de Chile solo toma conocimiento en julio del año 2023 cuando el amparado lo comenta con su Delegada quien gestiona con el encargado educacional el control educacional por medio de guías. La medida de otorgar educación por medio de guías acreditan, al menos indiciariamente, la denunciada realizada por el amparado. Ello se hizo presente al Tribunal de Conducta; sin embargo, no se consideró por el órgano penitenciario. Por lo anterior, esta defensa presentó solicitud de audiencia de control de ejecución penal a fin de que el Juzgado de Garantía revisara si existía o no una presunción del riesgo denunciado al asistir a clases para el bimestre mayo-junio 2023. Con fecha 28 de diciembre de 2023, se realizó audien

Fallo

Por tanto, el Tribunal de Conducta, concluyó, que no existe mérito alguno, para modificar la calificación de conducta del amparado correspondiente al bimestre mayo-junio del año 2023. Esta decisión, es informada al Juzgado de Garantía de Talca, mediante Oficio. Ordinario N°93, de fecha 8 de enero del año 2024, resolviendo dicho Tribunal, “téngase presente, póngase en conocimiento de los intervinientes, y véase en audiencia programada”. Estando actualmente, a la espera de dicha audiencia, fijada para el día 15 de febrero del presente año. Respecto de los criterios de evaluación a los internos en materia educacional, la Resolución Exenta N*5419/2023, que aprueba el procedimiento de evaluación y clasificación de conducta para personas condenadas, establece en su artículo 14 lo siguiente; “Se evaluará la participación en modalidades de educación superior, educación de adultos., a través de modalidad regular, flexible, o validación de estudios, y la alfabetización, todas reconocidas por el Ministerio de Educación, así también, la participación en aquellas que sean validadas por el consejo técnico, y que impliquen concurrencia de manera regular o flexible a recintos educativos u otros destinados al efecto” “Esta participación se mide en base a la cantidad de días que la persona asiste, y permanece en el espacio educativo, dividido por la cantidad de días efectivos en los que se desarrollan dichas actividades en el bimestre” Tabla de evaluación: Participación igual o mayor al 80%:

Texto Completo (Preview)

Talca, veintidós de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el Defensor Penal Público Penitenciario Max Troncoso Moreno en favor de JORGE IGNACIO GAETE GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 20.919.821-5, actualmente privado de libertad, en calidad de condenado, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo. 2

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica