JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ JEISON MANUEL RUIZ ALTAMAR

Rol

Fecha

19 de enero de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, y

Fundamentos

considerando que ya se tomaron las medidas necesarias para identificar al imputado, por lo que la prisión preventiva resulta ser desproporcionada, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Jeison Manuel Ruíz Altamar. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-135-2024. En Valparaíso, diecinueve de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a diecinueve de enero de dos mil veinticuatro, siendo las 09:21 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Titular señor Pablo Droppelmann Cuneo e integrada por la Ministra Suplente señora Ingrid Al

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