Jdo. de Letras del Trabajo de San Felipe

A.F.P. PROVIDA S.A. CON LUIS PASTEN ARCE

Rol

A-106-2015

Fecha

28 de octubre de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: PRIMERO: Que comparece don Francisco Tocornal Fuenzalida, abogado, domiciliado en Plaza Justicia 45, of 715, Valparaíso, en calidad de mandatario judicial y en representación de la Administradora de Fondos de Pensiones Provida, Institución de Previsión Social, del mismo domicilio, quien señala que de acuerdo con las Resoluciones que se acompañan, dictadas en uso de la facultad que le confiere el Art. 19 del Decreto Ley 3.500 de 1980, en relación con el Art. 2° de la Ley 17.322, su representada ha determinado que el empleador LUIS PASTEN ARCE, representado por LUIS PASTEN ARCE, ignora profesión, ambos con domicilio en HNOS CARRERA 92 92, San Felipe, adeuda y debe pagar la suma de $64.332, correspondiente a las siguientes resoluciones: Resolución Período Deuda Nominal 80908889 04/1996 7.569 80908889 06/1996 7.293 80908889 05/1998 14.134 80908889 06/1998 15.144 80908889 07/1998 5.048 80908889 08/1998 15.144. De acuerdo con la Ley 17.322 las resoluciones señaladas tienen mérito ejecutivo y a su monto debe agregarse el reajuste, el interés penal y el recargo que ordena el Art. 19, Inc. 8°, 9° y 10° del Decreto Ley 3.500. En mérito de lo expuesto, resolución acompañada que tienen mérito ejecutivo, siendo ejecutivo el título, liquida y actualmente exigible la obligación, no prescrita la acción y disposiciones legales invocada, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado individualizado Código: HNQXCMPLCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acogerla en todas sus partes y ordenar se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma $64.332 más los reajustes, intereses, recargos y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo seguir adelante la ejecución hasta el íntegro pago de lo adeudado, todo con costas. SEGUNDO: Que con fecha 03 de febrero de 2017, se tiene por requerido de pago a la parte ejecutada. TERCERO: Que ejecutado deduce

Fallo

En mérito de lo expuesto, resolución acompañada que tienen mérito ejecutivo, siendo ejecutivo el título, liquida y actualmente exigible la obligación, no prescrita la acción y disposiciones legales invocada, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado individualizado Código: HNQXCMPLCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acogerla en todas sus partes y ordenar se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma $64.332 más los reajustes, intereses, recargos y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo seguir adelante la ejecución hasta el íntegro pago de lo adeudado, todo con costas. SEGUNDO: Que con fecha 03 de febrero de 2017, se tiene por requerido de pago a la parte ejecutada. TERCERO: Que ejecutado deduce excepción de prescripción a la ejecución de autos. Señala que en esta causa pretende cobrarse por la AFP ejecutante cotizaciones previsionales devengadas en los períodos abril y junio de 1996, mayo, junio, julio y agosto de 1998, y cuyo pagó debió efectuarse, a más tardar, el día 10 de septiembre de 1998, y el presunto servicio del trabajador incluido en la nómina que sirve de título a esta ejecución terminó, el día 30 de octubre de 1998. De conformidad a lo establecido en el artículo 19 del DL 3.500, la prescripción que extingue las acciones para el cobro de cotizaciones provisionales, reajustes, intereses, multas, será de cinco años,

Texto Completo (Preview)

San Felipe, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. Vistos: PRIMERO: Que comparece don Francisco Tocornal Fuenzalida, abogado, domiciliado en Plaza Justicia 45, of 715, Valparaíso, en calidad de mandatario judicial y en representación de la Administradora de Fondos de Pensiones Provida, Institución de Previsión Social, del mismo domicilio, quien señala que de acuerdo con las Resoluciones que s

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