CARO GALLARDO LUIS ERNESTO / GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
18 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Leonor de las Mercedes Gallardo Herrera e interpone recurso de amparo en favor de su hijo Luis Ernesto Caro Gallardo y en contra de Gendarmería de Chile, en razón que, encontrándose condenado a la pena de 10 años por delito de riña con causa de muerte, recluido en Santiago I, será trasladado a la Penitenciaria donde mantiene enemigos, por quienes ha sido amenazado muerte. Solicita que se acoja el presente recurso y se efectúe el cambio del amparado al Centro Colina II a fin de resguardar su vida. Segundo: Que al evacuar informe la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, solicita el rechazo de la acción de amparo. En primer lugar, alega la inadmisibilidad de la acción, que tiene el carácter de cautelar, no siendo el medio idóneo para discutir las condiciones de encierro o de destinación a un establecimiento penitenciario, en el entendido que el recurrente se encuentra cumpliendo una medida privativa de libertad impuesta por un órgano jurisdiccional, de conformidad al Código Procesal Penal. Agrega que la decisión de autoridad competente para disponer la ejecución de una medida cautelar, no puede ser reemplazada por esta vía constitucional, en cuanto existencia y ejecución de procedimiento legal. Señala que el amparado se encuentra cumpliendo una medida cautelar privativa de libertad, en un establecimiento previsto por la ley y bajo la custodia de Gendarmería de Chile. En cuanto al fondo, indica que la situación procesal del interno está siendo monitoreada por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que dictó la medida cautelar en virtud de lo dispuesto en el artículo 150 del Código Procesal Penal, en cuanto a la ejecución de dicha medida. Por ello sostiene que en caso de cambio de unidad de medida cautelar, debe ser pronunciado por el Tribunal competente, en este caso el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 1180-2022. Añade que el eventual traslado desde el C.D.P. Santiago I h
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Luis Ernesto Caro Gallardo y dirigido en contra de la Gendarmería de Chile. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-116-2024
Texto Completo (Preview)
CA Santiago Santiago, dieciocho de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Leonor de las Mercedes Gallardo Herrera e interpone recurso de amparo en favor de su hijo Luis Ernesto Caro Gallardo y en contra de Gendarmería de Chile, en razón que, encontrándose condenado a la pena de 10 años por delito de riña con causa de muerte, recluido en Santiago I, será
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