SIN INFORMACION

FISCO DE CHILE / MOP/11° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)

Rol

Fecha

18 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

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OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparece doña Ruth Israel López, abogada, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 14 de agosto de 2023, dictada por el 11° Juzgado Civil de Santiago en autos Rol N° C-3534-2022, que no dio curso al recurso de apelación presentada por su parte. Aduce que su parte dedujo excepción dilatoria de corrección del procedimiento del artículo 303 N° 6 del Código de Procedimiento Civil, a la que la demandante se allanó y pretendió subsanar señalando que la demanda se dirigía en contra de la Ilustre Municipalidad de La Florida, Fisco de Chile y el Servicio de Vivienda y Urbanismo. Añade que, por resolución de 27 de julio de 2023, se tuvo por notificado de la demanda al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que no es parte; así como por subsanada la demanda, estimando la recurrente errada dicha subsanación; y se ordenó se conteste la demanda, siendo que SERVIU aún no ha sido válidamente notificado. Indica que en contra de dicha resolución repuso y apeló en subsidio, y por resolución de 14 de agosto de 2023 se negó a lugar a la reposición por improcedente, en el erróneo entendido que ésta se dirigía en contra de la interlocutoria que rechaza de plano el incidente de abandono del procedimiento, negándose asimismo a la apelación por improcedente, al no haber sido interpuesta de forma directa. Sostiene que la resolución de fecha 27 de julio de 2023, folio 7 del cuaderno de excepciones, es un auto o decreto que altera la sustanciación regular del juicio por cuanto: (a) tiene por notificado a un ente que no ha sido demandando; (b) tiene por subsanada la demanda, siendo que aquello era erróneo; y (c) ordena que se conteste la demanda, siendo que aún no ha sido válidamente notificado uno de los demandados. Por ello, la resolución resulta apelable de manera subsidiaria. SEGUNDO: Que informando el juez recurrido, señaló que para resolver el tribunal tuvo presente que la resolución impugnada, en tanto sentencia interlocutoria, no es apelable

Fallo

por tanto precluido su derecho, no ha lugar por improcedente.”. CUARTO: Que, por otra parte, consta que por resolución de fecha 26 de septiembre de 2023, del cuaderno de desistimiento de la demanda, se tuvo a la demandante por desistida de las acciones interpuestas en contra del Fisco de Chile, razón por la cual, el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la demandante en contra de la resolución de 27 de julio de 2023, y consecuencialmente el recurso de hecho de esto autos, han perdido oportunidad. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 48, 188, 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se omite pronunciamiento respecto del recurso de hecho interpuesto por la abogada doña Ruth Israel López, en contra de la resolución de fecha catorce de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el 11° Juzgado Civil de Santiago en autos Rol N° C-3534-2022. Comuníquese y archívese. N°Civil-12917-2023. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señor Alejandro Rivera Muñoz, señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciocho de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de enero de dos mil veinticuatro. A folio 9, a lo primero téngase presente, al segundo otrosí, téngase presente, al tercer otrosí, téngase presente. VISTOS: PRIMERO: Que comparece doña Ruth Israel López, abogada, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 14 de agosto de 2023, dictada por el 11° Juzgado Civil de Santiago en autos Rol N°

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