AMARO/ HOSPITAL EL PINO
Rol
Fecha
18 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece María José Amaro González, cédula de identidad N°15.634.989-5, domiciliada en calle Sánchez N°109, comuna de San Bernardo, e interpone recurso de protección en contra del Hospital El Pino, representado por su Director Luis Roldán Valdebenito, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el descuento realizado mensualmente a su remuneración por licencias médicas rechazadas, lo que vulnera las garantías reconocidas en los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que es funcionaria titular del Hospital El Pino como técnico paramédico y por prescripción médica se le otorgaron licencias médicas folio 2-56811074, por los periodos de reposo comprendido entre el 9 de julio y 7 de agosto de 2018, la licencia folio 4-8523912, por el periodo de reposo entre el 31 de diciembre de 2021 y 29 de enero de 2022, y la licencia folio 4-8878146, por el periodo de reposo comprendido entre el 30 de enero y el 28 de febrero de 2022, las que fueron rechazadas por la COMPIN. Explica que el Director del Servicio, en el mes de diciembre de 2022, solicitó a la Contraloría General de la República pronunciamiento para que ordenare el descuento en cuotas y montos del reintegro, correspondiente a dos de las tres licencias médicas, por un monto total de $1.067.760. En dicho marco el órgano de control dictó la Resolución Exenta N° 3071/2023 de 17 de abril de 2023, la cual acogió la solicitud del Servicio y ordenó la devolución del monto adeudado, por la cantidad de $ 1.067.760, en 24 cuotas iguales y sucesivas. Cuestiona que con posterioridad a dicha resolución el recurrido le informa a Contraloría, mediante ORD 277 de 4 de mayo de 2023, que se encontraban pendientes de reintegro tres licencias médicas de la actora, incluyendo en dicha solicitud las dos licencias que ya habían sido ordenadas descontar por el órgano de control, por un total de 1.718.718. Puntualiza que el descuento inicialmente orde
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por María José Amaro González, en contra del Hospital el Pino, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 3721-2023 Protección.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que alegó contra el recurso la abogada Pamela Jiménez Vargas, San Miguel, 18 de enero de 2024. Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, dieciocho de enero de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 25, 28 y 29: Téngase presente. Al escrito folio 30: A sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece María José Amaro González, cédula de identidad N°15.634.989-5,
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