JARAMILLO/UNIVERSIDAD SANTO TOMAS
Rol
Fecha
5 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el ocho de enero del presente a folio 114, en contra de la resolución dictada el cinco de enero de dos mil veinticuatro que consta a folio 109. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-175-2024.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el ocho de enero del presente a folio 114, en contra de la resolución dictada el cinco de enero de dos mil veinticuatro que consta a folio 109. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-175-2024.
Texto Completo (Preview)
jzc C.A. de Santiago Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio 3: A todo, estese a lo qiue se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborale
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