JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL SANTIAGO

DONAIRE/ROENSA S.A

Rol

Fecha

22 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto el nueve de enero del presente a folio 152, en contra de la resolución dictada el cinco de enero de dos mil veinticuatro que consta a folio 151. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral-Cobranza-174-2024.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto el nueve de enero del presente a folio 152, en contra de la resolución dictada el cinco de enero de dos mil veinticuatro que consta a folio 151. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral-Cobranza-174-2024.

Texto Completo (Preview)

gail C.A. de Santiago Santiago, veintidós de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en el

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