MP C/ JHON NICOLAS BATISTA PALMAR
Rol
Fecha
18 de enero de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes reseñados, en primer lugar, cabe considerar que la controversia planteada entre los intervinientes, radica únicamente en la necesidad de cautela, supuesto contenido en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sin existir controversia en relación a la concurrencia de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y sin cuestionarse las presunciones fundadas de participación referidas a la letra b) de la disposición ya referida. Que, a este respecto, cabe considerar que aparecen de manifiesto varios de los criterios de peligrosidad contenidos en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, entre ellos, la gravedad penal asignada al delito, la aplicación de los criterios de determinación de la sanción del artículo 449 del Código Penal, asimismo, el hecho de haber sido detenido el imputado en al menos tres oportunidades en menos de dos meses, como también, la existencia de medidas cautelares vigentes que, en este caso, no han disuadido al imputado de cometer otros injustos; de manera que, no cabe sino concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo señalado, y visto además lo dispuesto en los artículos 140, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, por el Juez de Garantía de La Serena, que no dio lugar a la solicitud del Ministerio Público, en orden a decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos y, en su lugar se resuelve que se hace lugar a la referida medida decretando la prisión preventiva del imputado Jhon Nicolás Batista Palmar, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) don Iván Vial Aguilar. Devuélvase vía interconexión. Rol N°37-2024 Penal.-
Fallo
se resuelve que se hace lugar a la referida medida decretando la prisión preventiva del imputado Jhon Nicolás Batista Palmar, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) don Iván Vial Aguilar. Devuélvase vía interconexión. Rol N°37-2024 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciocho de enero de dos mil veinticuatro. Siendo las 10:01 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra Titular Señora Marcela Sandoval Durán e integrada por el Ministro Suplente Señor Christian Carvajal Silva y la Fiscala Judicial Señora Pilar Aravena Gómez, se lleva a efecto la audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por el
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