ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de enero de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de autos y la relación efectuadas en la misma, estimándose por estos sentenciadores que se configuran en los hechos los presupuestos legales para acceder a la pensión de alimentos solicitada por la parte demandante, como además, la capacidad económica del demandado y las necesidades a cubrir respecto del hijo en común entre las partes, en razón de los propios argumentos del fallo recurrido; y visto lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la ley 19.968, se confirma la resolución de fecha veintitrés de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Puerto Montt. Redacción a cargo del Sr....
Fallo
fallo recurrido; y visto lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la ley 19.968, se confirma la resolución de fecha veintitrés de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Puerto Montt. Redacción a cargo del Sr....
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dieciocho de enero de dos mil veinticuatro Vistos: Atendido el mérito de autos y la relación efectuadas en la misma, estimándose por estos sentenciadores que se configuran en los hechos los presupuestos legales para acceder a la pensión de alimentos solicitada por la parte demandante, como además, la capacidad económica del demandado y las necesidades a cubrir respecto del hijo en co
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica