16º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERVICIOS Y COMERCIALIZACIÓN DE INMUEBLES Y CONSTRUCCIÓN ONE WAY LIMITADA./MADARIAGA

Rol

Fecha

22 de enero de 2024

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en artículo 18-J de la Ley 18.101 " en el procedimiento monitorio sólo será apelable, en el solo efecto devolutivo, la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada, el once de diciembre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de seis del mismo mes y año. Devuélvase. N°Civil-594-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada, el once de diciembre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de seis del mismo mes y año. Devuélvase. N°Civil-594-2024.

Texto Completo (Preview)

gail C.A. de Santiago Santiago, veintidós de enero de dos mil veinticuatro. Al folio 3; aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en artículo 18-J de la Ley 18.101 " en el procedimiento monitorio sólo será apelable, en el solo efecto devolutivo, la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor”, naturaleza jurídica que no reviste la p

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