ALDEA HERNANDEZ AROA / POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Comparece Víctor Moisés Silva Sánchez, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Aroa Aldea Hernández, española, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Refiere que se encuentra casado con la amparada, matrimonio celebrado en España e inscrito en Chile, y que tienen 3 hijos, dos de ellos de nacionalidad chilena. Expone que el motivo de la expulsión es por una condena que la amparada cumplió en Chile en el año 2009, sin dejar deuda alguna y abandonar el país por
Fundamentos
motivos personales. Solicita que se alce la orden de expulsión, por cuanto la amparada está con dificultades y con una enfermedad en su espalda que la imposibilita de trabajar. Informa la Policía de Investigaciones y señala que en los sistemas informáticos institucionales y extra institucionales disponibles (GEPOL, B3000) la amparada Aroa Aldea Hernández registra una Orden de Expulsión vigente, Resolución Exenta N°1594, de fecha 19 de octubre de 2009, emanada de la Intendencia Regional Metropolitana. Señala que no registra órdenes de aprehensión, arrestos ni arraigos vigentes, registrando como último movimiento migratorio una salida del territorio nacional con fecha 23 de noviembre de 2017 con destino a España, no teniendo a la fecha de confección del informe ingreso al país por pasos habilitados. Finalmente, expone que de conformidad a lo establecido en el artículo 157 N°7 de la Ley 21.325, le corresponde al Servicio Nacional de Migraciones “Determinar la expulsión de los extranjeros conforme a las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de las facultades que al respecto le correspondan al Subsecretario del Interior”, careciendo la recurrida de competencia legal para pronunciarse o referirse respecto del mérito de los antecedentes que fundan la medida de expulsión. Se apersona el Servicio Nacional de Migraciones, a través del abogado Luis Ignacio Salvo, quien evacua el informe respectivo. En cuanto a los antecedentes de hecho que inciden en el presente recurso, señala que la amparada ingresó por primera vez al territorio nacional con fecha 02 de julio de 2009, por el paso fronterizo Aeropuerto Arturo Merino Benítez, en calidad de turista. Expone que por motivo de su ingreso a Chile fue detenida por Policía de Investigaciones de Chile por el delito de tráfico ilícito de drogas, informado a la Intendencia Regional Metropolitana mediante informe policial N°347, de fecha 15 de agosto de 2009. Por lo anterior, mediante Resolución Exenta N°1.594, de fecha 19 de octubre de 2009, de la Intendencia Regional Metropolitana, se ordenó la expulsión del territorio nacional de la extranjera, toda vez que fue sorprendida transportando cocaína oculta en la estructura metálica de las maletas que portaba como equipaje, siendo formalizada por el delito de tráfico de drogas en causa RIT 3230-2009, RUC 0900618923-4, ante el 1° Juzgado de Garantía de Santiago. Además de aplicar dicha medida, el acto administrativo individualizado dispuso que se diera cumplimiento a la orden de expulsión desde que la respectiva condena o medida alternativa se encontrasen cumplidas. Refiere que con posterioridad, con fecha 10 de junio de 2011, el Primer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a la amparada en causa RUC N° 0900618923-4, RIT N°62 - 2011, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo; al pago de una multa ascendente a diez Unidades Tributarias Mensuales, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo y conforme a lo dispuesto en el artículo 8 transitorio de la ley Nº21.325, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 3003-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 27: a sus antecedentes. A los escritos folios 28 y 29: a todo, téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: Comparece Víctor Moisés Silva Sánchez, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Aroa Aldea Hernández, española, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Refiere que se en
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