PATRICIA GALLEGUILLOS PALOMINOS CON CAROLINA GAJARDO ARIAS Y OTRA
Rol
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de quince de noviembre de dos mil veintitrés, dictada por el 1° Juzgado de Letras de Melipilla, en la causa RIT: C-2992-2017. Acordada con el voto en contra de la ministra A. Pizarro quien estuvo por revocar la resolución en alzada, por estimar que la carga de probar la posesión exclusiva recaía sobre la tercerista, comprobación para la que es insuficiente el solo certificado de dominio sobre parte de los derechos del inmueble en el que se encuentran las especies embargadas, sin que la testifical dé luces acerca de dicha posesión, y a todo lo cual cabe agregar que sí es un hecho fehaciente en la causa que la demandada fue habida y notificada en ese lugar –señalado como su domicilio en la fase declarativa del pleito-, por lo que no queda más que concluir, a juicio de quien disiente, que no alcanzó a satisfacerse la demostración cabal de los presupuestos de la demanda incidental. Devuélvase. N°2326-2023 Civil.-
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de quince de noviembre de dos mil veintitrés, dictada por el 1° Juzgado de Letras de Melipilla, en la causa RIT: C-2992-2017. Acordada con el voto en contra de la ministra A. P
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