GUTIERREZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: La comparecencia de don Alain Olmedo Gutiérrez Centeno, peruano, cédula de identidad para extranjeros N°26.222.289-6, por sí, quien dedujo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, por dictar la Resolución Exenta N°23466361 que ordena el archivo de la solicitud de residencia definitiva, lo que priva y/o perturba, en forma ilegal y arbitraria, el derecho garantizado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, es decir, igualdad ante la ley, solicitando a esta Corte de Apelaciones restablecer el imperio del derecho y asegurar su protección como afectado, dictando las providencias necesarias para dar continuación a la tramitación de residencia definitiva. Informó la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción deducida. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: La parte recurrente funda su recurso señalando que, con fecha 17 de abril de 2018 se le otorgó residencia temporaria con vencimiento el 17 de abril de 2019. Luego, con fecha 19 de octubre de 2021, ingresó solicitud de residencia definitiva, ya que estima que cumplía con todos los requisitos para acceder a aquella, pagando debidamente los derechos respectivos. Posteriormente, con fecha 27 de noviembre de 2023, se le notificó la Resolución Exenta N°23466361 que “Ordena archivo de solicitud de residencia definitiva que indica”, por señalar que el actor no era titular de una residencia temporal, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, sin embargo, ello no es efectivo toda vez que sí contaba con una residencia temporaria, además de que pagó la multa respectiva por el retardo de la solicitud de residencia definitiva. Advierte que, la subcategoría migratoria de la residencia temporaria se regulaba en los artículos 29 y siguientes del Decreto Ley N°1094, normativa vigente al momento de efectuar la postulación a la residencia definitiva. Precisa que la resolución que decreta el archivo de solicitud de residencia definitiva es manifiestamente arbitraria e ilegal, toda vez que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos que establecía la norma para postular a la residencia definitiva, estando en vigencia el Decreto Ley N°1.094, por lo que, con ello, se vulnera el derecho fundamental de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de le República, así como el derecho al trabajo consagrado en el artículo 19 N°16 del mismo cuerpo legal.
Fallo
Por lo expuesto, solicita a esta Corte de Apelaciones restablecer el imperio del derecho y asegurar su protección como afectado, dictando las providencias necesarias para dar continuación a la tramitación de residencia definitiva. SEGUNDO: Informó don Guillermo Quezada Bruzzone, abogado, en representación de la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso interpuesto. Afirma que el actor solicitó permiso de residencia temporaria ante el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincial de Antofagasta, el que fue otorgado por un año, con fecha 21 de noviembre de 2017, por medio de la Resolución Exenta N°6676, estampando dicho permiso de residencia en el pasaporte del recurrente, manteniendo vigencia desde el 17 de abril de 2018 y hasta el 17 de abril de 2019. Menciona que el extranjero encontrándose en situación irregular (sin permiso de residencia vigente), gestionó su egreso de territorio nacional con fecha 02 de febrero de 2020, de acuerdo con información proporcionada por Policía de Investigaciones de Chile. Luego, con fecha 19 de octubre de 2021, el recurrente solicita el beneficio migratorio de residencia definitiva ante el Servicio recurrido, encontrándose en territorio nacional en calidad de turista. Con fecha 27 de noviembre de 2023, el Servicio Nacional de Migraciones, por medio de comunicación N°23466361, informa al recurrente del archivo de la solicitud de residencia definitiva, conf
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Antofagasta, a diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: La comparecencia de don Alain Olmedo Gutiérrez Centeno, peruano, cédula de identidad para extranjeros N°26.222.289-6, por sí, quien dedujo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, por dictar la Resolución Exenta N°23466361 que ordena el archivo de la solicitud d
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