CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO C/ NN NN NN
Rol
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
LOTEOS IRREGULARES (ART.138 DFL 458, 1975, LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Teniendo presente que existen diligencias pendientes que permiten asegurar los fines del procedimiento, se CONFIRMA la resolución apelada de ocho de enero de dos mil veinticuatro. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Paola Oltra Schüler, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y dejar sin efecto la medida cautelar decretada, por estimar que no concurren respecto del imputado los requisitos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 34 – 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 17 de enero de 2024. Felipe Cancino Concha Relator En Valdivia, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad. La Sra. Presidenta doña Marcia Undurraga Jensen, señala a los intervinientes la circunstancia de haberse certificado en la causa causal recusación a su respecto, la que los intervinientes renuncian verbalmente. A continuación alega el Ministerio Público, quien pide se confirme la resolución en alzada, en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que fundamenta en la audiencia. Acto seguido alega la querellante, quien se adhiere a los argumentos vertidos por el Ministerio Público, además de otros que expone en la audiencia, para solicitar se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Teniendo presente que existen diligencias pendientes que permiten asegurar los fines del procedimiento, se CONFIRMA la resolución apelada de ocho de enero de dos mil veinticuatro. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Paola Oltra Schüler, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y dejar sin efecto la medida cautelar decretada, por estimar que no concurren respecto del imputado los requisitos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 34 – 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 17 de enero de 2024. Felipe Cancino Concha Relator En Valdivia, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA PRIVADA EN CAUSA RUC 2110040982-5, RIT 5153–2021. ROL CORTE 34–2024. Siendo las 09:53 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de las Ministras Sra. Marcia U
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