MP.C/ MICHEL HENRY PRADO FUENTES.
Rol
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Oídos los intervinientes y teniendo presente que del mérito de lo expuesto en la audiencia resulta que no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Michel Henry Prado Fuentes, y que a su vez, se encuentran suficientemente justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por el cual fue formalizado, como asimismo la necesidad de cautela de la letra c) del artículo 140 antes mencionado, atendida la naturaleza de los delitos, la circunstancia y forma de comisión de los mismos, que permiten concluir que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima. Y visto además lo dispuesto en los artículos 140 y 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de doce de enero del año en curso, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Michel Henry Prado Fuentes. Devuélvase y comuníquese. N° 128-2024-Penal
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San Miguel, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 128-2024-Penal Ruc: 2301249232-4 Rit: 6294-2023 11° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Felipe Espinoza Nilo Ministerio Público: Yelica Lusic Nadal Defensor: Jorge Orlando Pizarro Lincuante Imputado: MICHEL HENRY PRADO FUENTES Escritos proveídos en audiencia: folios 3, 4 y 5 San Miguel, diecisiete de ene
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