TERCERA COMISARIA CARABINEROS VALLENAR C/ NICOLAS ANTONIO FELIU POVEDA
Rol
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, y habiéndose establecido los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del delito por el cual se ha formalizado al imputado, se estima que la necesidad de cautela solo se satisface con la prisión preventiva, la que resulta indispensable para la seguridad de la sociedad, y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Vallenar, don Daniel Herrera Marín, en audiencia de ocho de enero de dos mil veinticuatro, que decretó la prisión preventiva de don Nicolás Antonio Feliú Poveda, por existir peligro para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-34-2024
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Fecha: diecisiete de enero de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-34-2024 Ruc N°: 2400026212-5 Rit N°: O-29-2024 Juzgado: Garantía de Vallenar. C.A. de Copiapó Ministros: Ministro señor Carlos Meneses Coloma, Ministro (S) señor Rodrigo Cid Mora y Fiscala Judicial (S) señora María José Hernández Soto Relatora (S): Anita Niculcar Solís Fiscal: Juan Fernández Espejo Defensor: Juan Pab
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