2º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

ITAÚ CORPBANCA S.A./ORDÓÑEZ

Rol

Fecha

17 de enero de 2024

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que don HANS DUARTE FERNANDEZ, Abogado, por la parte demandante, en los autos sobre juicio ejecutivo, caratulados “BANCO ITAU CORPBANCA con ORDOÑEZ FLORES, JOSE ABRAHAM, Causa Rol Nr. C-2448-2019, apeló de la sentencia interlocutoria que, pronunciándose sobre un incidente de nulidad de lo obrado promovido por su parte, en el folio 5 de estos autos, de fecha 2 de octubre de 2023, lo concede, pero va más allá de lo pedido y no solo anula lo obrado en estos autos, sino que extiende esa nulidad hasta que se notifique válidamente la demanda ejecutiva al ejecutado, lo que no se ha solicitado de modo alguno, desde que esta notificación de la demanda ejecutiva no adolece de vicio alguno y se efectuó conforme a derecho, razón por la cual no era necesario anularla, sin que haya existido una razón grave para ello, por lo que solicita revocar la resolución en comento y en su lugar se declare que anule lo obrado, sólo hasta el momento de practicarse válidamente la resolución apelada de fecha 2 de octubre de 2023, y en su lugar, se anule lo obrado, solo hasta el momento de practicarse válidamente el requerimiento de pagoal deudor, que es justamente la actuación jurídica procesal que falta en estos autos. SEGUNDO: Que, la recurrente refiere que el agravio que la resolución recurrida provoca a su parte, dice relación con el hecho que esta dispone anular todo lo obrado en autos, hasta notificar válidamente la demanda, sin reparar en la circunstancia que, tal como consta de la certificación de folio 30, del cuaderno principal, de 3 de agosto de 2020, se certificó en autos que, “el extracto inserto en las publicaciones del día martes 28, miércoles 29, jueves 30 y viernes 31 de julio de 2020 y lunes 01 de agosto de 2020,fueron publicadas en el diario “La Estrella de Arica” y en elDiario Oficial de la República de Chile”, posteriormente, en elmismo cuaderno consta actuación en el folio 32 que indica “validanotificación”; en ella se deja constancia expresa que la demanda

Fallo

Por estas consideraciones y lo que disponen los artículos 186 y 443 numeral primero, SE DECLARA: Se REVOCA, la resolución de dos de octubre del año dos mil veintitrés, de folio 5 del cuaderno de incidencia y en su lugar se resuelve, que se hace lugar a lo solicitado a folio 2 del cuaderno de incidencia, retrotrayéndose la presente causa, al estado de requerir de pago a la ejecutada, en los términos que señala el motivo tercero de la presente resolución. Devuélvanse con sus agregados. Redactó el Ministro Pablo Zavala Fernández. Rol N° 393-2023 Civil.

Texto Completo (Preview)

ARICA, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Que don HANS DUARTE FERNANDEZ, Abogado, por la parte demandante, en los autos sobre juicio ejecutivo, caratulados “BANCO ITAU CORPBANCA con ORDOÑEZ FLORES, JOSE ABRAHAM, Causa Rol Nr. C-2448-2019, apeló de la sentencia interlocutoria que, pronunciándose sobre un incidente de nulidad de lo obrado promovido por su parte, en el foli

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