SIN INFORMACION

SERRANO PEREZ MANUEL ENRIQUE/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

17 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Ricardo González Ciudad quien interpone recurso de amparo en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República en favor de Manuel Enrique Serrano Pérez, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en la resolución tomada por la recurrida el 31 de octubre del año en curso, por la cual se rechaza el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al segundo semestre del presente año. Indica que el amparado se encuentra cumpliendo condena de 839 días como saldo de condena por el delito de robo con violencia (pena original de 6 años) y 541 días por el delito de microtráfico, ambas dictadas por el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago. Agrega que registra fecha de inicio de condena el 29 de septiembre de 2021 y fecha de término el 30 de junio de 2024, siendo el tiempo mínimo para optar a la libertad Condicional el 11 de agosto de 2022. Refiere que en el informe de Postulación Psicosocial indica que tiene cuenta con enseñanza media completa, ha realizado cursos de carpintería y pintura, certificados por la Cámara Chilena de la Construcción y que no cuenta con plan de intervención individual, debido a la inexistencia de cupos disponibles. Concluye que el amparado ha demostrado compromiso con su proceso de reinserción social mostrando cómo los factores criminológicos variables han avanzado. Por lo anterior, pide acoger la presente acción cautelar, disponiendo dejar sin efecto lo decidido por la Comisión de Libertad Condicional y ordenar que se le concede la libertad al amparado. Segundo: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Manuel Enrique Serrano Pérez en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N° 119-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Al folio 6; téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Ricardo González Ciudad quien interpone recurso de amparo en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República en favor de Manuel Enrique Serrano Pérez, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en Centr

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