JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CALBUCO

MINISTERIO PUBLICO CALBUCO C/ JOSE VALDEMAR SOTO BAHAMONDE

Rol

Fecha

17 de enero de 2024

Materia

CUASIDELITO DE HOMICIDIO: CODIGO AGRUPADOR (00906, 00907 Y 00908).

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos esgrimidos por el juez a quo, teniendo presente que existió acuerdo entre el ente persecutor y los coimputados, quienes fueron formalizados por un cuasidelito de homicidio, no habiendo sido condenados anteriormente y no manteniendo vigente suspensión condicional alguna, es ajustada a derecho la decisión del tribunal de primer grado, en cuanto a la aprobación de la salida alternativa de suspensión condicional del procedimiento, habiendo sido oída la víctima representada por abogada.  Y visto lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha diecisiete de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Calbuco que aprobó la suspensión condicional del procedimiento respecto de los imputados José Valdemar Soto Bahamonde y José Javier Bustamante Barrientos. No firma el Ministro Suplente don Francisco del Campo Toledo, y la Sra. Fiscal Judicial doña Mirta Zurita Gajardo quienes concurrieron a su vista y acuerdo por encontrarse con permiso administrativo. Regístrese y comuníquese. Rol Penal N° 1131-2023.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos esgrimidos por el juez a quo, teniendo presente que existió acuerdo entre el ente persecutor y los coimputados, quienes fueron formalizados por un cuasidelito de homicidio, no habiendo sido condenados anteriormente y no manteniendo vigente suspensión condicional al

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