CRISTIAN ENRIQUE GAJARDO LARA C/ JAEL MILLARAY DIAZ GONZALEZ
Rol
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En causa RIT N°237-2021 del Tribunal Oral en lo Penal de Talca, comparece doña Karina Romero García, Defensora Penal Pública licitada, y deduce recurso de nulidad en contra del fallo definitivo pronunciado en dicha causa con fecha 24 de noviembre de 2023, mediante la cual se condenó a doña Yesnaida Antonieta Henríquez Duque a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de 2 UTM, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autora, del delito de HURTO SIMPLE del Articulo 446 N°2 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el 25 de julio del año 2018. Fundamenta el recurso en la causal de nulidad establecida en el artículo 374 letra e), del Código Procesal Penal. Con fecha 3 de enero de 2024 se oyeron alegatos en estrados. OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Indica la recurrente como antecedentes de hecho, que llevo a cabo juicio oral respecto de la imputada, el día 21 de noviembre de 2023 y concluido el debate respectivo, los sentenciadores arribaron a la convicción de que se encontrarían “acreditados” los siguientes hechos, (considerando CUARTO de la sentencia impugnada): “El día 25 de julio de 2018, en horas de la tarde, la acusada YESNALDA ANTONIETA HENRI'QUEZ DUQUE, junto a Jael Díaz González, ingresaron a la tienda Falabella, ubicada en calle 1 Norte N° 1485 de esta ciudad, desde donde sustrajeron un teléfono celular marca IPhone 8, que se encontraba en exhibición, dándose a la fuga con la especie en su poder; la que fue avaluada en $749.000”. Señala que los sentenciadores calificaron los hechos como el delito consumado de HURTO SIMPLE del articulo 446 N*2 del Código Penal, atribuyéndole participación en calidad de autor y en grado de ejecución como consumado. Estima que se ha configurado la causal de nulidad prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, pues en la sentencia dictada se han omitido algunos de los requisitos especialmente los previstos en el artículo 342 letra c), ello en relación al artículo 297 del mismo cuerpo legal. Sobre el particular, considera que el tribunal a quo ha vulnerado el principio lógico de “razón suficiente” y la fundamentación judicial es restrictiva, faltando elementos esenciales, que no fueron expuestos ni incorporados por el ministerio publico durante desarrollo del juicio, para determinar la real cuantía de la especie hurtada, lo cual conlleva que el razonamiento utilizado para alcanzar la convicción condenatoria sufra de falta al principio de la lógica y máximas de la experiencia: En la especie, sostiene que el
Fallo
fallo definitivo pronunciado en dicha causa con fecha 24 de noviembre de 2023, mediante la cual se condenó a doña Yesnaida Antonieta Henríquez Duque a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de 2 UTM, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autora, del delito de HURTO SIMPLE del Articulo 446 N°2 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el 25 de julio del año 2018. Fundamenta el recurso en la causal de nulidad establecida en el artículo 374 letra e), del Código Procesal Penal. Con fecha 3 de enero de 2024 se oyeron alegatos en estrados. OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Indica la recurrente como antecedentes de hecho, que llevo a cabo juicio oral respecto de la imputada, el día 21 de noviembre de 2023 y concluido el debate respectivo, los sentenciadores arribaron a la convicción de que se encontrarían “acreditados” los siguientes hechos, (considerando CUARTO de la sentencia impugnada): “El día 25 de julio de 2018, en horas de la tarde, la acusada YESNALDA ANTONIETA HENRI'QUEZ DUQUE, junto a Jael Díaz González, ingresaron a la tienda Falabella, ubicada en calle 1 Norte N° 1485 de esta ciudad, desde donde sustrajeron un teléfono celular marca IPhone 8, que se encontraba en exhibición, dándose a la fuga con la especie en su poder; la que fue avaluada en $749.000”. Señala que los sentenciadores calificaron los hechos como el delito consumado de HU
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1 Talca, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro VISTOS: En causa RIT N°237-2021 del Tribunal Oral en lo Penal de Talca, comparece doña Karina Romero García, Defensora Penal Pública licitada, y deduce recurso de nulidad en contra del fallo definitivo pronunciado en dicha causa con fecha 24 de noviembre de 2023, mediante la cual se condenó a doña Yesnaida Antonieta Henríquez Duque a sufrir la p
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